El truco para evitar que el Impuesto de Sucesiones se coma tu herencia

La herencia está sujeta al desembolso de distintos gravámenes

Cada comunidad autónoma regula el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Foto: Freepik.

Cada comunidad autónoma regula el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Foto: Freepik.

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Uno de los mayores quebraderos de cabeza a la hora de recibir una herencia es la realización de las gestiones pertinentes, es decir, afrontar la burocracia asociada a este proceso.

De hecho, una parte de los trámites a realizar tiene que ver con el pago de varios impuestos. A continuación te mostramos una alternativa a la herencia, que presenta distintas ventajas.

La donación en vida

A través de la donación en vida, una posibilidad recogida en el Código Civil, las personas pueden disponer de forma gratuita de un conjunto de bienes a favor de otras, según destaca el portal Abogados y Herencias.

La donación está recogida en el Código Civil. Foto: Freepik.
La donación está recogida en el Código Civil. Foto: Freepik.

Para formalizarla es indispensable contar con la aceptación de la persona que recibe la donación, puesto que no tiene carácter obligatorio. Eso sí, debes tener en cuenta que habrás de desembolsar algunos impuestos.

Quien reciba la donación habrá de afrontar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Dado que el tributo está cedido a las distintas comunidades autónomas, cada una fija las reducciones o bonificaciones que considera.

Por su parte, el donante ha de declarar en la Declaración de la Renta la donación, si bien existen algunas excepciones. Por ejemplo, cuando la donación es directa, se tiene una edad superior a los 65 años o se trata de la vivienda habitual.

Al recibir un bien en donación se debe presentar la Declaración de la Renta

Además, si la donación incluye un inmueble de carácter urbano, la persona que reciba la vivienda se encontrará en la obligación de desembolsar el importe correspondiente a la plusvalía municipal.

Cuáles son las ventajas

Entre las distintas ventajas que presenta la donación se encuentre la elección del momento. A diferencia que la herencia, que no se puede aplicar hasta que no se produce el fallecimiento, la donación se puede realizar cuando se desee, por lo que se pueden transmitir los bienes en vida.

La donación permite establecer condiciones a las personas que recibirán los bienes. Foto: Freepik.
La donación permite establecer condiciones a las personas que recibirán los bienes. Foto: Freepik.

Algunas personas también se decantan por esta alternativa, puesto que permite evitar disputas entre los herederos, tras la defunción de una persona, siempre y cuando se tenga claro como se quiere repartir la herencia.

Además, conviene tener en cuenta, que los donantes pueden establecer condiciones a las personas que recibirán los bienes, de manera que pueden concretar quien les cuidará en el futuro o reservarse derechos sobre la vivienda como el usufructo.

Sin embargo, una de las principales ventajas es que se sabe de antemano el importe que se va a tener que tributar por el Impuesto de Donaciones y Sucesiones, mientras que las herencias están sujetas a la legislación que exista en el momento en el que se produzca el fallecimiento.

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