Dudas sobre la Declaración de la Renta: guía para jóvenes

A partir del próximo 11 de abril, los contribuyentes que se encuentren en la obligación de presentar la Declaración de la Renta deberán formalizar el trámite

Declaración de la Renta. EFE/R. García

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La presentación de la Declaración de la Renta es un trámite que suele despertar un sinfín de dudas para los contribuyentes que están obligados a formalizarlo, especialmente, los más jóvenes. ¿Se tiene que presentar el borrador con el primer trabajo? ¿Tengo que hacer el trámite si estoy de prácticas en una empresa? A continuación, te despejamos todas las dudas.

¿Cuándo se presenta la Renta?

La campaña de la Renta comenzará el 11 de abril de forma telemática. Para realizar el trámite por teléfono será necesario esperar hasta el 5 de mayo, mientras que para efectuarlo de forma presencial se deberá esperar hasta el 1 de junio. En cualquier caso, el 30 de junio terminará el plazo para presentar el documento a través de cualquiera de estos canales.

¿Quién tiene que presentar la Renta?

No todos los contribuyentes están sujetos a presentar el borrador. Este año estarán exentos de llevar a cabo el trámite las personas que tengan un solo pagador y perciban menos de 22.000 euros anuales. Las personas que ingresen menos de 15.000 euros al año podrán evitar presentar la declaración, siempre y cuando las rentas procedan de más de un pagador.

En el caso de los estudiantes que estén realizando unas prácticas en una empresa, deberán tener en cuenta que las autoridades fiscales las consideran rendimientos del trabajo y, consecuentemente, tienen retención de IRPF. Asimismo, los jóvenes que hayan conseguido su primer trabajo, deberán presentar la Declaración de la Renta, siempre y cuando excedan los límites de renta mencionados anteriormente.

¿Cómo afecta tener dos pagadores?

Quizás los contribuyentes más jóvenes se pregunten cuando se considera o no que se tiene un segundo pagador. Por ejemplo, las ayudas dirigidas a víctimas de terrorismo, indemnizaciones por accidente, becas o indemnizaciones por despido no se consideran ingresos de un segundo pagador. Tampoco cuando se produce un cambio de titularidad en una empresa, o bien, una fusión entre dos compañías.

ayuda
Agencia Tributaria / EFE

Los pagos delegados, es decir, cuando un trabajador está percibiendo la prestación económica asociada a la baja laboral, tampoco se consideran ingresos provenientes de un segundo pagador.

¿Cómo se consigue el borrador?

El borrador de la Declaración de la Renta es una propuesta elaborada por Hacienda con la información tanto personal como económica que posee de cada contribuyente. Para obtenerlo, es necesario acceder al portal Renta WEB y acceder a través del certificado, clave PIN o el número de referencia que figura en alguna de las declaraciones anteriores, si es el caso.

Sin embargo, conviene tener en cuenta que también se puede acceder a través de la aplicación de la Agencia Tributaria. Después de identificarse, es necesario hacer clic sobre la sección «Renta», para después pinchar sobre «Ejercicios anteriores». Tras pulsar sobre el apartado «Ejercicio 2022» y «Tramitación de borrador / declaración», el contribuyente recibirá el documento.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp