Todos los motivos por los que puedes perder la pensión por incapacidad permanente
Además de la mejoría en el estado de salud, hay muchas situaciones -la mayoría poco agradables- en que la Seguridad Social puede cancelar la pensión por incapacidad permanente
La pensión de incapacidad permanente es una protección económica que otorga la Seguridad Social a aquellas personas que por sufrir un accidente o enfermedad, sea o no laboral, no puede ejercer su trabajo con normalidad; o que directamente no le es posible ni realizar la más mínima función.
Según la dolencia y el grado de invalidez estas se clasifican en parcial, total, absoluta y de gran invalidez.
Vamos a conocer qué significa cada una.
Los grados de incapacidad permanente
La parcial es cuando la disminución física o psicológica es del 33%, pero donde no se le impide la realización de las tareas fundamentales de su trabajo.
La incapacidad permanente total es la que inhabilita la realización de todas las tareas habituales del trabajo, pero sí puede dedicarse a otra actividad.
La incapacidad permanente absoluta es la que no permite ningún tipo de trabajo.
La Gran Invalidez es la que no solo la persona no puede realizar sus tareas, sino que por la pérdida anatómica o funcionales necesita la asistencia de otra persona.
Las revisiones de la incapacidad permanente
Esta prestación no es para toda la vida: no solo es revisable periódicamente, sino que el beneficiario puede llegar a perderla.
Al tener que dejar de trabajar por un problema de salud el tribunal médico realiza revisiones para ver la evolución del caso, que puede ser a los seis meses, al año o los dos años.
Es posible que la Seguridad Social solicite una revisión para ver si el paciente mejora su estado y se le modifica o retira la pensión por incapacidad permanente
Esta revisión puede ser tanto solicitada por el beneficiario porque considera que debe pasar a otra escala como por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, pero ya con “el objetivo contrario: rebajar el grado o retirar directamente la pensión mediante una revisión de grado por mejoría”, precisan en el bufete Campany y Abogados.
Los tres escenarios de la revisión médica
En la revisión pueden suceder tres escenarios: que la dolencia se haya agravado y se suba de tipo de incapacidad (por ejemplo, de la total a la absoluta); o bien a la inversa, que gracias a una mejoría se descienda de escalafón, o que directamente se obtenga el alta y se tenga que regresar al trabajo; por lo que la pensión desaparece.
Sin embargo, en ese estudio jurídico alertan que es “altamente improbable” que una incapacidad total se rebaje a parcial “ya que esta última conlleva el abono de una indemnización”.
Una situación en la que el beneficiario no sea llamado más a revisiones médicas es porque llegó a la edad de la jubilación, por lo que la pensión se convierte en vitalicia.
Perder la incapacidad por trabajar
Si se ha otorgado la incapacidad permanente total es posible que el beneficiario pueda ejercer algún tipo de trabajo.
Pero si la Seguridad Social detecta que ese empleo es el mismo por el que había sido dado de baja laboral y con las mismas funciones, puede cancelar la pensión. Esto también es válido si el empleo es distinto pero tiene que realizar trabajos similares.
Por ejemplo, estos abogados describen que si una peluquera obtuvo la incapacidad permanente por tener problemas en sus manos, y luego se emplea como masajista, podría perder la pensión.
Si se obtiene la pensión por gran invalidez es poco probable que el beneficiario pueda volver a trabajar.
Pero si lo hace en un empleo convencional, que requiere un esfuerzo que podría ser incompatible con la dolencia, puede llevar a que la pensión sea cancelada.
Otros motivos que llevan a perder la pensión
La Seguridad Social puede quitar la pensión si el beneficiario no concurre a las revisiones de los tribunales médicos. Lo mismo si abandona el tratamiento de recuperación y los procesos de rehabilitación.
Si no se concurre a las revisiones o se abandona el proceso de rehabilitación se puede perder la pensión
En caso de ir a la revisión pero con informes desactualizados también puede haber conflicto, pero lo más probable es que el tribunal médico modifique el grado de la incapacidad antes que suprimirla.
También es motivo de sospecha, y seguramente de cancelación, si el beneficiario tiene un estilo de vida incompatible con la pensión. Por ejemplo, haber recibido la prestación en grado de total por tener problemas de movilidad, y luego realizar deportes de riesgo.
Si se detecta un error de diagnóstico y la dolencia o afección no es tal, también se puede perder este derecho.
El beneficiario puede mudarse a otro país, pero al menos una vez por año tiene que enviar al INSS una ‘fe de vida’. No hacerlo puede llevar a la pérdida de la prestación.
Por supuesto que en casos de detectarse fraude o actuar con imprudencia temeraria para provocar la incapacidad esta se puede cancelar.