Visto para sentencia: el órgano de control de CEOE da el visto bueno a la reforma de Garamendi

La comisión de régimen interno de la patronal valida sin ninguna oposición levantar el límite de mandatos del presidente y endurecer que se presenten candidatos alternativos

El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, en un acto en Madrid en enero de 2023. EFE/ Juan Carlos Hidalgo

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La comisión de régimen interno de CEOE ha validado los cambios estatutarios que quería Antonio Garamendi sin ningún voto en contra. Así lo han explicado a Economía Digital fuentes empresariales, que han confirmado que la patronal cambiará al menos cuatro artículos de sus estatutos que refuerzan la figura del presidente y dificultan la aparición de alternativas. Las modificaciones solo tienen que superar dos trámites para ser realidad: ser aprobadas por la junta o el comité ejecutivo y luego refrendadas por la mayoría de la asamblea, algo que previsiblemente sucederá sin sobresaltos.

La patronal española celebró este jueves la comisión de régimen interno, que preside desde hace seis meses Pilar González de Frutos, a petición de Garamendi, que hace una semana comunicó a los vicepresidentes su intención de modificar los artículos 18, 37, 39 y 42 del estatuto de CEOE, todos referentes al proceso electoral.

Llamó la atención de muchos, al hacerlo pocos meses después de ganar con holgura y haber dicho que no tenía intención de volver a presentarse, pero todos los vicepresidentes le apoyaron. No asistieron a la reunión Josep Sánchez Llibre, de Foment del Treball, ni Gerardo Cuerva, de Cepyme, que habían sido dos de los más críticos en el anterior mandato de Garamendi, pero estas dos organizaciones tampoco se opusieron a los cambios en la comisión de este jueves. 

El artículo 18 es el que se refiere al presidente, y en su punto 4, establece el límite de dos mandatos de cuatro años. Con la modificación, este punto saltará por los aires y no habrá límite, por lo que Garamendi podrá perpetuarse como hiciera uno de sus predecesores, José María Cuevas, que estuvo 23 años y, como él, también cobraba. Joan Rosell, que ya no percibía ningún sueldo, impulsó el límite de mandatos para evitar otro caso Cuevas. 

El 37 fija que las candidaturas a presidente se pueden presentar hasta 15 días antes de las elecciones; con el cambio serán 30 días, a priori para que dé más tiempo a contar y comprobar los avales y proclamar antes a los candidatos. El 39 establece que el candidato debe contar con el aval de un mínimo de 20 vocales de, al menos, cuatro de las organizaciones socias de CEOE, y con la modificación se prevé duplicar los avales mínimos e incrementar hasta una decena los apoyos patronales. 

El cambio del artículo 42 también es polémico, pues quiere eliminar la opción de emitir un voto de protesta al candidato. El artículo dice que si solo hay un candidato, hay que poner igualmente las urnas si un solo miembro de la asamblea lo pide. Garamendi eliminará esta opción, por lo que si no hay oponente, no habrá elecciones y el presidente será proclamado por aclamación, lo que elimina la opción de votar en contra del candidato. 

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