Terminó la Renta 2022: estos son los plazos que tiene la Agencia Tributaria
Rspondemos a las preguntas más frecuentes sobre devoluciones, pagos y sanciones que puede llevar a cabo Hacienda tras finalizar el plazo para presentar la Declaración de la Renta
La campaña de la declaración de la Renta del ejercicio de 2022 finalizó el pasado 30 de junio. Ante este escenario, una firma especializada en asesoramiento legal, ha ofrecido respuestas claras e inquietudes más comunes de los contribuyentes.
Uno de los principales interrogantes que surgen es el plazo para recibir la devolución o realizar el pago correspondiente. En caso de que la declaración salga a devolver, son comprensibles las ganas por ver el dinero en la cuenta bancaria.
Hacienda tiene hasta seis meses desde la finalización del plazo de presentación de la declaración, o desde la fecha de presentación, en caso de haber sido fuera de plazo, para realizar la devolución. Lo habitual es que los contribuyentes reciban el ingreso antes del 31 de diciembre de 2023.
No obstante, la asesora destaca que es posible intentar agilizar el proceso mediante una cita presencial en la administración tributaria correspondiente. Sin embargo, no existe una fórmula especial para solicitar una devolución más rápida.
En caso de que la devolución no se realice hasta el inicio del año nuevo, se puede reclamar la devolución junto con los intereses correspondientes. Para ello, es necesario presentar un escrito de solicitud de devolución de la autoliquidación del ejercicio 2022. Actualmente, el interés de demora establecido para el año 2023 es del 4,0625%.
Qué pasa si no pago a tiempo
Por otro lado, aquellos contribuyentes cuyo resultado de la declaración les lleve a pagar, deberán asegurarse contar con los fondos necesarios en su cuenta bancaria. En caso de falta de liquidez, si la Agencia Tributaria intenta el cobro y no se dispone de suficiente dinero, la deuda pasará a vía ejecutiva, lo que conllevará el cobro de un recargo. Actualmente, el recargo de apremio aplicado es del 20%, mientras que el recargo reducido es del 10%.
La aseguradora, también advierte sobre las consecuencias legales de no presentar la declaración de manera intencional, ya que constituye un delito. Aquellos contribuyentes cuya cuota defraudada supere los 120.000 euros pueden enfrentar penas de prisión que oscilan entre uno y cinco años, además de una multa de hasta seis veces la cantidad defraudada.
Sin embargo, regularizar la situación tributaria antes de recibir la notificación de la Administración Tributaria o de la presentación de una querella o denuncia puede evitar estas sanciones.
Qué son las ‘paralelas’
Asimismo, la firma legal destaca la importancia de evitar errores en la declaración, ya que Hacienda puede detectarlos y enviar una propuesta de liquidación, seguida de una liquidación provisional conocida como «paralela», acompañada de posibles sanciones. Estas sanciones suelen calificarse como leves y representar el 50% de la cantidad no ingresada.
La sanción puede reducirse si se muestra conformidad y se realiza el pago dentro del plazo establecido. Sin embargo, en casos de mayor gravedad, la sanción puede llegar al 150% de la cuota no ingresada.
Es importante tener en cuenta que la Agencia Tributaria dispone de un plazo de 4 años para iniciar procedimientos de verificación o comprobación de datos, contados desde el plazo de presentación de la declaración o desde la fecha de presentación si esta se realizó fuera de plazo.
Esto implica que, si se recibe una liquidación paralela correspondiente a ejercicios anteriores dentro del plazo establecido, se deben seguir los plazos para presentar alegaciones, recursos o reclamaciones.