Aviso a propietarios con inquilinos morosos: no olvides añadir esto en la declaración de la Renta
Aunque un propietario tenga inquilinos que pasen meses sin pagar la renta, tiene la obligación de declarar los supuestos rendimientos inmobiliarios
Aunque un propietario tenga inquilinos que pasen meses sin pagar la renta, tiene la obligación de declarar los supuestos rendimientos inmobiliarios para poder obtener la declaración impositiva
Mala noticia para los propietarios que tengan una vivienda en alquiler donde los inquilinos no paguen la renta mensual: igualmente tendrán que declararlo en la rendición tributaria.
En pocos días, el 11 de abril, se inicia la declaración de la Renta donde millones de españoles tienen que precisar sus ingresos por rendimientos del trabajo y por otras fuentes como pueden ser las inversiones o el alquiler de propiedades.
Si un contribuyente recibe su renta de manera regular no tiene que haber sorpresas. Pero la duda surge sobre qué hacer cuando se tienen inquilinos morosos.
Aviso a propietarios con inquilinos morosos: no olvides añadir esto en la Declaración de la Renta
Según precisa el director de Estudios de Pisos.com, Ferran Font Blanch, los propietarios están obligados por ley a declarar todos los ingresos en la declaración de la Renta.
Pero en caso de tener situaciones de impago, se encuentran ante la paradoja de tener que precisarlos en el borrador de la Renta por más que no se haya recibido el dinero; excepto que se haya iniciado un proceso judicial.
Qué es la inquiokupación
Se trata de un fenómeno denominado inquiokupación, juego de palabras donde se considera al inquilino que ha firmado un contrato y ha tenido períodos de pago puntuales a convertirse en un moroso, y en último término, ser un okupa de la propiedad.
En los últimos años crecen los casos de inquiokupación, inquilinos que pueden tener medios para pagar el alquiler pero se aprovechan de los huecos de la ley
La necesidad de incluir los rendimientos inmobiliarios
Los rendimientos de alquiler se tienen que incluir en los apartados de la declaración de la Renta dedicados a los rendimientos del capital inmobiliario, donde tienen un tipo impositivo que varía entre 19% y el 47%; según los ingresos obtenidos.
Según explica Font, ante la morosidad del inquilino se puede considerar la deuda bajo el concepto de saldo dudoso, y deducirlo como un gasto necesario para poder obtener los rendimientos y seguir adelante con la declaración impositiva.
La única instancia en la que el propietario puede declarar la renta como un gasto es cuando, tras los seis meses de haber intentando cobrar por primera vez, “se haya iniciado un proceso judicial”.
Ante esta situación, precisó este experto, se genera un cuadro de indefensión que empuja a muchos propietarios a evitar el mercado de alquiler.