Permiso parental retribuido de 8 semanas: así puedes pedirlo
Este nuevo permiso alcanzará su máximo período en el 2024, y se encuadra en las normativas europeas de protección de la familias
El permiso que los padres y madres pueden solicitar para cuidar a su hijo recién nacido tendrá carácter de retributivo antes de agosto de 2024 y tendrá una duración de hasta ocho semanas, una decisión económica que el Consejo de Ministros en un primer momento no contemplaba.
Pero una directiva europea forzó al Gobierno a cambiar de actitud, para estar acorde a una normativa comunitaria del 2019.
La utilización de este nuevo permiso podrá ser de manera continua o interrumpida, ya sea a tiempo parcial o completo, y durará hasta que los menores cumplan 8 años.
Quiénes pueden aplicar por el permiso parental
En total este permiso tendrá una duración de ocho semanas, y lo podrán tomar tanto los hombres como las mujeres para el cuidado de su hijo o hija, pero ese lapso recién será factible en 2024: durante este año, el máximo que se puede solicitar es de seis semanas.
Durante este año el tiempo máximo del permiso parental retribuido es de seis semanas, y para el 2024 se extenderá a ocho
Hay otro permiso parental contemplado en la Ley de Familias, que ofrece cuatro días retribuidos al año, pensado para ocasiones puntuales o urgentes (como puede ser la enfermedad del niño o tener que realizar trámites ineludibles); que inclusive se podrá disfrutar por horas.
La Ley de Familias también cuenta con un permiso de cinco días ante casos de accidente o enfermedad grave, donde el cónyuge o parientes hasta el segundo grado necesiten reposo domiciliario.
Permiso parental retribuido de 8 semanas: así puedes pedirlo
Si bien todavía no están especificados los requisitos para solicitar la prestación, se espera que no sea muy diferente de lo que actualmente se exige para el permiso de paternidad o maternidad.
Estos trámites se gestionan de forma electrónica a través de la web de la Seguridad Social, o solicitando una cita previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Para solicitarlo el interesado tiene que entregar el formulario de la prestación, el libro de familia o el certificado de nacimiento del Registro Civil, el DNI o NIE, un certificado del banco para depositar el subsidio, y en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, un documento de la empresa con la fecha de inicio del permiso. En el caso de los autónomos, hay que presentar una declaración de situación de la actividad.
Subsidio de 100 euros por hijo
Cabe recordar que la Ley de Familias amplía la renta crianza de 100 euros al mes por cada menor de tres años a cargo, así como la consideración de familias numerosa a las estructuras monomarentales o las reconstituidas.
Aquí se incluyen las familias monomarentales que tienen dos hijos, las que un ascendiente o descendiente tenga discapacidad, y el de las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.