Cuántos días me corresponden por un permiso paternal
La nueva normativa de conciliación laboral y familiar precisa los días de permisos por nacimientos y cuidados de familiares
La ecuación de cuadrar la conciliar vida familiar y laboral es uno de los dilemas más complejos de los hogares con hijos pequeños y adolescentes, donde tanto los padres como las madres tienen que hacer malabares para poder atender y pasar tiempo libre con ellos, pero sin que implique problemas con su trabajo.
Hace menos de 15 días se promulgó el Real Decreto que pone en marcha varias medidas para conciliar la vida familiar con la profesional; algunas son nuevas y otras se han modificado, y ya están incluidas en el Estatuto de los Trabajadores.
El permiso parental
Uno de los más importantes es el permiso parental para cuidar a un hijo de más de un año, que se podrá disfrutar hasta que tenga ocho años.
Es un permiso muy útil para los meses de verano o cuando los niños no tengan clases.
En total dura 8 semanas, sean continuas o discontinuas, que se puede disfrutar de forma flexible -ya sea a tiempo parcial o completo- y que es intransferible entre progenitores.
Para disfrutarlo el trabajador tiene que comunicarlo a la empresa con 10 días de anticipación, o la que especifiquen los convenios colectivos.
Eso sí, este permiso no es retribuido; y a lo sumo, puede haber conflicto si los dos progenitores trabajan en la misma empresa y solicitan el permiso para el mismo período de tiempo.
Permisos remunerados para ausentarse del trabajo
La nueva normativa contempla cambios en los permisos remunerados. Por ejemplo, en los casos de accidente o enfermedad grave o intervención quirúrgica que necesite reposo domiciliario se otorgan 5 días, frente a los 2 días de la antigua regulación.
También se brindan 4 días por causas de fuerza mayor, como por motivos familiares urgentes como los casos de enfermedad o accidente.
Las parejas de hecho tienen los mismos 15 días de permiso como los de un matrimonio
En los permisos de fallecimiento del cónyuge, que es de 2 días, también se tienen en cuenta a las pareja de hecho o los parientes hasta el segundo grado de consanguineidad.
Ahora se puede solicitar la reducción de jornada para cuidar a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, y se amplía este derecho para cuidar hijos o personas a cargo, menores de 26 años, que tengan enfermedades graves como el cáncer, o con una discapacidad de hasta el 65%.
Además las parejas de hecho podrán tener derecho a 15 días de permiso retribuido, tal como los matrimonios.
Adaptación de la jornada
Las personas que tengan personas a cargo, ya sean hijos de más de 12 años, cónyuges o familiares de consaguinidad hasta el segundo grado pueden adaptar su jornada laboral para cuidar de ellas.
En caso de rechazo de la empresa, el período de negociación se reduce de 30 a 15 días, y si no hay nuevas oposiciones, tiene que ser otorgado.
Familias monoparentales
Si un progenitor único necesita un permiso por nacimiento de hijo con discapacidad del por nacimientos múltiples, también tiene dos semanas como las familias con dos personas progenitoras.