Los pensionistas que pueden cobrar una extra al mes de 30 euros

Te explicamos cuáles son los requisitos para recibir hasta 1.696,80 euros más al año

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Son muchas las mujeres y hombres que llevan toda la vida trabajando y cuando llega el momento de la jubilación les queda una pensión mínima. Desde la Seguridad Social aprovechan la última reforma de las pensiones del Gobierno para añadir un complemento extra, 30,40 euros más al mes.

Esta medida se toma para reducir la brecha de género y paliar el retraso en los periodos de cotización de las mujeres. Solo aquellos que cumplan una serie de requisitos tendrán derecho a cobrar esta paga adicional, la cual se sumará a la prestación social que ya reciben los jubilados, incluso si obtienen la cuantía máxima.

Es cierto que esto no es nuevo, ya que se implementó en febrero de 2021. Además, es importante destacar que reemplazó al complemento de maternidad. En resumen, este complemento está disponible tanto para mujeres como para hombres que hayan asumido el cuidado de los hijos y cumplan con los requisitos necesarios para recibirlo.

Un hombre pasea con su hijo por el Paseo de la Castellana, en Madrid, durante el primer estado de alarma por coronavirus, en mayo de 2020 | EFE/Mariscal/Archivo
Un hombre pasea con su hijo por el Paseo de la Castellana, en Madrid | EFE/Mariscal/Archivo

Requisitos para recibir un plus en la pensión

Solo se concederá a aquellas personas que tengan hijos y reciban una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y que hayan sido reconocidas después del 4 de febrero de 2021. Sin embargo, la Seguridad Social solo lo concederá a uno de los progenitores y establece ciertos requisitos que deben cumplirse para recibirlo.

  • Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y pedir una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
  • Los complementos que pueden reconocerse en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social son incompatibles entre sí: se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.
  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  • Para nacimientos anteriores a 1995, deben tener un mínimo de 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores.
  • Para nacimientos a partir de 1995, la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento del hijo debe ser, como mínimo, un 15% inferior a la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.

¿Cuánto y cómo lo voy a recibir?

Para el año 2023, el complemento extra para reducir la brecha de género es de 30,40 euros por cada hijo, repartido en 14 pagas, correspondientes a los doce meses del año, más dos pagas extraordinarias en junio y noviembre, lo que equivale a un mínimo de 425,60 euros anuales.

El importe aumenta a 848,40 euros por dos hijos, 1.272 euros por tres hijos y 1.696,80 euros por cuatro hijos, siendo el límite de cuatro descendientes. Los pensionistas que hayan tenido uno o más hijos pueden solicitar esta prestación al mismo tiempo que tramitan su pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp