Parejas de hecho: así puedes solicitar el nuevo permiso retribuido

Te contamos cuántos días puedes disfrutar según tu contrato o si eres autónomo

Pareja de hecho. Foto: Pixabay

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Las parejas de hecho y los matrimonios siempre han tenido distintos derechos y responsabilidades asociados. Sin embargo, después de la aprobación de la Ley de Familias a finales de marzo, las parejas de hecho han logrado una mayor igualdad en cuanto a los permisos remunerados.

Anteriormente, cuando una pareja se casaba, cada miembro tenía derecho a un permiso remunerado de 15 días que podía comenzar a utilizarse al día laborable siguiente al matrimonio. Ahora, las parejas de hecho también pueden disfrutar de este mismo tipo de permiso retribuido, que será de 15 días para cada uno de los miembros que han formalizado su unión de hecho.

Sí tengo contrato temporal o parcial

Los permisos remunerados por unión matrimonial o de hecho son de 15 días naturales, no hábiles, y comienzan a contar desde el día siguiente a la formalización de la unión, siempre y cuando sea un día laboral. Por ejemplo, si la unión se formaliza un sábado, el permiso comenzará a contar a partir del lunes siguiente.

Estos permisos se aplican por igual tanto para trabajadores contratados a tiempo parcial como a tiempo completo. También es indiferente el tipo de contrato, ya sea indefinido o temporal, la persona contratada tendrá derecho a disfrutar de estos días de permiso remunerado.

Sí soy autónomo

En el caso de los trabajadores autónomos, la situación varía según el tipo de autónomo que sean. Los profesionales autónomos con una cartera de clientes diversificada no tienen ningún tipo de permiso remunerado disponible, por lo que dependerá de ellos decidir cuántos y qué días libres quieren tomarse sin tener que trabajar.

Sin embargo, la situación es diferente para los trabajadores autónomos dependientes. Estos profesionales son aquellos que reciben el 75% de sus ingresos de un solo cliente o pagador, y les corresponden 18 días hábiles de vacaciones, según el Estatuto del Trabajo Autónomo. Aunque la empresa no tiene la obligación de pagar esos días de vacaciones, tampoco puede negarse a que el trabajador falte durante esos días en el desempeño de sus funciones. Por lo tanto, los autónomos dependientes pueden reservar parte de esos 18 días hábiles de «vacaciones» para disfrutar de un viaje posterior a la unión con su pareja.

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