Las claves para alquilar un piso y que no te time el inquilino

La nueva normativa incluye novedades que afectan tanto a los inquilinos como a los caseros

La Ley de Vivienda está vigente desde esta semana. EFE/David Arquimbau Sintes

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La aprobación en el Congreso de los Diputados de la Ley de Vivienda ha introducido novedades significativas tanto para los inquilinos como para los propietarios de los inmuebles en alquiler.

Entre las medidas más controvertidas se encuentra el tope a la subida del precio del alquiler, la imposibilidad de pagar en efectivo la cuota o la obligación de asumir los gastos de la inmobiliaria para los caseros.

Después de haber recibido luz verde por parte del Consejo de Ministros y el Senado, la nueva legislación se aprobará definitivamente y se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Evita que te time el inquilino

El letrado Arturo Ortiz socio director del despacho AJM Abogados recomienda no dejar en ningún caso que el contrato de luz, gas y agua siga a nombre del propietario.

El propietario habrá de asumir los gastos de gestión de la inmobiliaria. Foto: EFE.
El propietario habrá de asumir los gastos de gestión de la inmobiliaria. Foto: EFE.

«Si el inquino pone el contrato a su nombre se evita que, si decide no pagar, le lleguen al propietario facturas interminables o no pueda cortarle la luz o el agua por no pagar», alerta en el diario 20 minutos.

Una de las novedades que incluye la nueva normativa y, que ha levantado más controversia, es la obligación por parte de los propietarios de correr con los gastos de intermediación de las compañías inmobiliarias.

«Estos gastos son exclusivos del propietario, lo que quiere decir que, si se usan estos servicios, se tendrán en cuenta a la hora de fijar la renta», alerta.

En relación con la renta, recuerda que los caseros no podrán subir la cuota anual por encima del Índice de Garantía de Competitividad. «En los contratos anteriores a la nueva ley el incremento de la renta no podrá ser superior al 3%«, remarca.

Uno de los puntos de la nueva legislación prohíbe el pago de la cuota en metálico. Foto: Pixabay.
Uno de los puntos de la nueva legislación prohíbe el pago de la cuota en metálico. Foto: Pixabay.

También recuerda que una de las novedades que ha introducido la nueva normativa es la prohibición de pagar la cuota con dinero en metálico.

Sin embargo, podrán continuar haciéndolo todas las personas que no dispongan de una cuenta bancaria o no tengan acceso a medios electrónicos de pago podrán formalizar el pago con efectivo.

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