Impuesto sobre el patrimonio: así te afecta
Para liquidar el gravamen se debe presentar el Modelo 714, siguiendo el mismo calendario que la Agencia Tributaria aplica a la Declaración de la Renta
El impuesto de patrimonio es un tributo que recauda la Agencia Tributaria y que grava el patrimonio de las personas. Cada vez son más los contribuyentes que se ven obligados a desembolsar el importe correspondiente a este gravamen. Pues, según reflejan los datos del fisco, las personas que declaran patrimonios por encima de los 30 millones de euros se han multiplicado por más de dos en los últimos diez años.
La mayor parte de los contribuyentes que declararon este impuesto se situaron en Cataluña, concretamente, con 82.465. Le siguió la Comunidad Valenciana, con 23.892; Madrid, con 19.508, y Andalucía, con 18.997. A continuación, te desvelamos todas las claves acerca de este tributo.
¿Qué es el impuesto de patrimonio?
El impuesto de patrimonio es un tributo que grava el patrimonio de las personas físicas, que tiene un carácter directo y personal, por lo que se aplica de forma individual. Para calcular su importe, se tienen en cuenta todos los bienes del contribuyente, tal y como remarca el portal inmobiliario Idealista. En este sentido, conviene diferenciarlo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que grava los ingresos que una persona percibe cada año.
Con todo, el impuesto grava el conjunto de bienes y derechos de contenido económico del contribuyente, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que se encuentre en la obligación de responder.
El gravamen está regulado a través de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, que, a su vez, viene regida por la Ley 19/1991, de 6 de junio. La gestión del impuesto se lleva a cabo desde cada comunidad autónoma, dado que está cedido a estas regiones. Por ese motivo, cada región puede «asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, tipo de gravamen y deducciones y bonificaciones de la cuota», según explica la Agencia Tributaria.
¿Cómo se liquida?
El devengo del impuesto, que es un concepto que hace referencia la momento en el que tiene lugar la obligación de liquidar el gravamen, se lleva a cabo el 31 de diciembre de cada año. Por ello, el patrimonio que se tiene en cuenta es el que el contribuyente posea en ese momento. Para liquidar el gravamen se debe presentar el Modelo 714, siguiendo el mismo calendario que la Agencia Tributaria aplica a la Declaración de la Renta.
No obstante, conviene tener en cuenta que la presentación del modelo para liquidar el impuesto solo se lleva a cabo a partir de determinadas cuantías, generalmente altas. Dado que el impuesto está cedido a las comunidades autónomas, según la normativa de cada región, la cantidad podrá variar considerablemente.
Entre las propiedades que se deben tener en cuenta a la hora de valorar si se está o no sujeto al pago del impuesto figuran los bienes inmuebles, depósitos bancarios, acciones, seguros de vida, joyas, objetos de arte o vehículos de más de 125 cc, entre otros.
Cabe destacar que gran parte de los bienes no presentan dificultad alguna para valorarlos, como por ejemplo las cuentas de las entidades financieras, las acciones o los fondos de inversión. Sin embargo, en el caso de las propiedades inmobiliarias será necesario tomar el valor más elevado de alguna de estas tres opciones:
- El valor catastral consignado en el recibo correspondiente a 2021 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- El valor determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos, como, por ejemplo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- El precio, contraprestación o valor de adquisición
En relación con las deudas, se valorarán por su valor nominal en la fecha del devengo del impuesto y solo se podrán deducir cuando estén debidamente justificadas.