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DGT: esta es la sanción por no llevar correctamente a tu mascota

La Dirección General de Tráfico (DGT) concreta como se debe viajar con un animal en un vehículo

Un perro dentro de un vehículo. Foto: Pixabay.

Un perro dentro de un vehículo. Foto: Pixabay.

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Las mascotas se han convertido en un miembro más de nuestras familias. Por ello, cada vez es más habitual que los animales nos acompañen allá donde vamos. Por ejemplo, son muchos los establecimientos turísticos que permiten la presencia de perros o gatos. Sin embargo, conviene tener en cuenta que, a la hora de viajar con nuestras mascotas, es necesario ajustarse a la normativa vigente.

Siempre que se viaje con animales en el interior del vehículo, tal y como recoge la Dirección General de Tráfico (DGT) es imprescindible colocar un separador que impida que el animal ocasione molestias o distracciones al conductor. «Más de la mitad de los conductores vive situaciones de riesgo por culpa de no llevar a los animales bien sujetos en los vehículos», recuerda el organismo. De hecho, la sanción por llevar un animal sin la sujeción correcta puede dispararse hasta los 100 euros.

Sin embargo, la normativa no atañe solo a los conductores, sino también a los peatones. «Los animales los debemos llevar siempre atados y controlados cuando circulemos por zona peatonal, ya que al tratarse de un animal puede tener reacciones imprevisibles», subraya la DGT a la vez que hace hincapié: «El animal deberá ir por la zona más próxima a los edificios en el caso de que circulemos próximos a la calzada, sin molestar al resto de viandantes».

«Los animales deben ir siempre perfectamente documentados e identificados: cartilla sanitaria, placa censal, chip identificativo y seguro de responsabilidad civil y licencia administrativa si así fuera necesario», indica. Asimismo, remarca la obligación de que los perros catalogados como potencialmente peligrosos lleven un bozal.

Recomendaciones

Según apunta la DGT, existen distintos sistemas de sujeción para animales, como arneses de uno o dos anclajes, transportines o rejillas rígidas para el maletero. La elección del sistema dependerá del tamaño, pero también del tipo de animal. «La mejor forma de llevar mascotas, si éstas son pequeñas, es en su transportín en el suelo del vehículo», destaca para luego matizar: «Si la mascota es grande, lo mejor es colocar el transportín en el maletero en posición transversal a la dirección de la marcha».

En cualquier caso, enfatiza la importancia de no sujetar en ningún caso al animal en brazos ni tampoco con una correa. Pues, tal y como destaca, no solo no es un sistema de retención sino que también conlleva un «importante» riesgo de lesiones tanto para él como para el resto de los ocupantes.

Habituar al perro al coche cuando todavía es pequeño, hacer paradas frecuentes y poner especial atención al bajar del coche para evitar que el animal escape, son algunas de las recomendaciones de la DGT. También insiste en la importancia de no colocar objetos junto al animal, ya que en caso de impacto pueden salir despedidos, ni dejar al animal en el interior del vehículo cuando las temperaturas sean altas, a pesar de que se encuentre estacionado en una zona de sombra o se dejen las ventanilla bajadas.

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Pago de Intereses y Amortización de Bonos por Parte de Private Driver España 2020-1

La empresa de titulización PRIVATE DRIVER ESPAÑA 2020-1 realiza un nuevo pago de amortización y de intereses a los tenedores de sus bonos titulizados, poniendo al día sus compromisos financieros de la serie 2020-1.

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La compañía de titulización de activos, PRIVATE DRIVER ESPAÑA 2020-1, ha procedido al pago de intereses y amortización de sus bonos, según informó la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) este 21 de marzo de 2025.

Detalles del Pago Realizado

Los inversores de los bonos identificados con el código ES0305518005 han recibido un pago total que corresponde al vencimiento acumulado y los intereses devengados hasta la fecha. A continuación se detallan los principales puntos de la operación financiera:

  • Saldo Nominal Inicial: Al 30 de noviembre de 2020, el saldo nominal de los bonos se cifraba en 1.386.000.000,00 euros, con un valor por bono de 100.000,00 euros.
  • Pendiente de Vencimiento Anterior: Antes del pago, el monto pendiente de vencimiento era de 520.330.456,80 euros.
  • Intereses Devengados y Pagados: En esta fecha de pago, los inversores recibieron un total de 22.591,80 euros en intereses, equivalente a 1,63 euros por bono.
  • Amortización de Capital: Se amortizó un total de 39.768.220,80 euros, lo que corresponde a 2.869,28 euros por bono.
  • Pendiente de Vencimiento Posterior: Tras el pago, queda un saldo pendiente de 480.562.236,00 euros, o 34.672,60 euros por bono.
  • Porcentaje Pendiente de Vencimiento: El porcentaje del valor nominal pendiente ahora es del 34,67260%.

Los inversores y analistas pueden obtener más detalles de estos bonos en la página web oficial de Titulización de Activos, SGFT, S.A., o contactar directamente a la entidad a través de su número de teléfono proporcionado.

Mas información

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