DGT: esta es la sanción por no llevar correctamente a tu mascota

La Dirección General de Tráfico (DGT) concreta como se debe viajar con un animal en un vehículo

Un perro dentro de un vehículo. Foto: Pixabay.

Un perro dentro de un vehículo. Foto: Pixabay.

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Las mascotas se han convertido en un miembro más de nuestras familias. Por ello, cada vez es más habitual que los animales nos acompañen allá donde vamos. Por ejemplo, son muchos los establecimientos turísticos que permiten la presencia de perros o gatos. Sin embargo, conviene tener en cuenta que, a la hora de viajar con nuestras mascotas, es necesario ajustarse a la normativa vigente.

Siempre que se viaje con animales en el interior del vehículo, tal y como recoge la Dirección General de Tráfico (DGT) es imprescindible colocar un separador que impida que el animal ocasione molestias o distracciones al conductor. «Más de la mitad de los conductores vive situaciones de riesgo por culpa de no llevar a los animales bien sujetos en los vehículos», recuerda el organismo. De hecho, la sanción por llevar un animal sin la sujeción correcta puede dispararse hasta los 100 euros.

Sin embargo, la normativa no atañe solo a los conductores, sino también a los peatones. «Los animales los debemos llevar siempre atados y controlados cuando circulemos por zona peatonal, ya que al tratarse de un animal puede tener reacciones imprevisibles», subraya la DGT a la vez que hace hincapié: «El animal deberá ir por la zona más próxima a los edificios en el caso de que circulemos próximos a la calzada, sin molestar al resto de viandantes».

«Los animales deben ir siempre perfectamente documentados e identificados: cartilla sanitaria, placa censal, chip identificativo y seguro de responsabilidad civil y licencia administrativa si así fuera necesario», indica. Asimismo, remarca la obligación de que los perros catalogados como potencialmente peligrosos lleven un bozal.

Recomendaciones

Según apunta la DGT, existen distintos sistemas de sujeción para animales, como arneses de uno o dos anclajes, transportines o rejillas rígidas para el maletero. La elección del sistema dependerá del tamaño, pero también del tipo de animal. «La mejor forma de llevar mascotas, si éstas son pequeñas, es en su transportín en el suelo del vehículo», destaca para luego matizar: «Si la mascota es grande, lo mejor es colocar el transportín en el maletero en posición transversal a la dirección de la marcha».

En cualquier caso, enfatiza la importancia de no sujetar en ningún caso al animal en brazos ni tampoco con una correa. Pues, tal y como destaca, no solo no es un sistema de retención sino que también conlleva un «importante» riesgo de lesiones tanto para él como para el resto de los ocupantes.

Habituar al perro al coche cuando todavía es pequeño, hacer paradas frecuentes y poner especial atención al bajar del coche para evitar que el animal escape, son algunas de las recomendaciones de la DGT. También insiste en la importancia de no colocar objetos junto al animal, ya que en caso de impacto pueden salir despedidos, ni dejar al animal en el interior del vehículo cuando las temperaturas sean altas, a pesar de que se encuentre estacionado en una zona de sombra o se dejen las ventanilla bajadas.

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El Gobierno destina 273.000 euros para la traducción al catalán del BOE

La Generalitat y la Administración General del Estado firman un convenio para la publicación de normas estatales en lengua catalana en el suplemento en catalán del BOE

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès. EFE/Toni Albir

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El Gobierno español desembolsará 273.000 euros para financiar la traducción al catalán del Boletín Oficial del Estado (BOE). La medida, aprobada en la reunión de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en febrero de 2022 en Barcelona, fue respaldada hoy por el Consejo Ejecutivo de la Generalitat.

El convenio de colaboración entre la Generalitat y la Administración General del Estado permitirá la reincorporación de ciertas normas estatales en lengua catalana en el suplemento en catalán del BOE. Esta iniciativa sigue a la extinción de un acuerdo previo firmado en 1998, el cual fue prorrogado hasta octubre de 2020. A partir del 28 de mayo de 2021, la publicación en catalán del BOE se suspendió, en consonancia con la decisión de la Administración General del Estado de implementar herramientas de traducción automática para las normas estatales.

La traducción al catalán estará a cargo de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones (Eadop) de la Generalitat, que recibirá una compensación máxima anual de 273.000 euros de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado para cubrir los costes de este proceso.

Según el Govern, esta propuesta cumple con el Real Decreto 489/1997 sobre la publicación de leyes en las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas, estableciendo un marco de colaboración entre ambas administraciones para la difusión de disposiciones legales en distintas lenguas oficiales. La normativa permite la publicación de ciertas normas estatales en las lenguas cooficiales, de acuerdo con los convenios respectivos.

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