Declaración de la Renta: los bizums que debes incluir para evitar la multa

Te explicamos en qué casos deberán declarar los bizums a Hacienda

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Bizum se ha convertido en uno de los métodos de pago más prácticos de los últimos años. De hecho, cada vez es más habitual utilizar esta plataforma de pago que las tradicionales transferencias bancarias. No cabe duda de que Bizum ha llegado a nuestras vidas para facilitarlas en gran medida.

Por ello, ante ea inminente inicio de la nueva campaña de la Declaración de la Renta, que empieza el próximo 11 de abril, son muchos los contribuyentes que se preguntan sí los bizums deben declararse. Te resolvemos la duda.

Los bizums que debes incluir para evitar una multa

Así como las transferencias bancarias, no hay que tributar por sus movimientos, pero si hay una finalidad de beneficio económico es posible que caiga bajo la lupa de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

Una mujer hace un Bizum.
Una mujer hace un Bizum.

Hacienda avisa de que los bizums se deben declarar en los tres siguientes casos:

  1. Cifra anual acumulada: Cabe recordar que Hacienda obliga a reportar los movimientos económicos que se hagan entre personas o empresas superiores a los 10.000 euros. Ese monto está lejos de los límites de Bizum, que permite un máximo de 500 euros por cada operación, y hasta 1.200 euros de transacciones por día; monto que llega a los 5.000 euros mensuales.
  2. Bizum como método de pago de un negocio: Todas aquellas personas que utilicen Bizum como herramienta para recibir ingresos con rentabilidad económica, como por ejemplo, con la compraventa de ropa, deberán declarar los bizums.
  3. Autónomos: Los trabajadores por cuenta ajena que utilicen Bizum para cobrar sus servicios también estarán obligados a declarar los bizums. El motivo es que es un ingreso económico ligado a la actividad profesional o empresarial y debe someterse al gravamen del IRPF y el IVA.

Multas

En caso de no declarar los ingresos por Bizum en estos casos Hacienda puede generar una infracción tributaria y aplicar una multa con recargos por demora. Si un contribuyente se encuentra en uno de los tres casos mencionados y no comunica a Hacienda sus operaciones, puede recibir una multa que va desde los 600 euros hasta el 50% de la cantidad transferida.

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