A cuánto subirá la pensión máxima los próximos años

La reforma de las pensiones contempla una subida tanto para las pensiones mínimas como para las máximas

Las pensiones seguirán creciendo en los próximos años. Foto Freepik

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La segunda fase de la reforma de las pensiones ya ha entrado en vigor. En el marco de la nueva normativa, se introducen iniciativas dirigidas a subir el gasto que se destina al pago de las pensiones, pero también a aumentar los recursos económicos necesarios para garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Y es que, un grueso considerable de las medidas que recoge la reforma comportarán una subida de la cuantía de la pensión en los próximos años, tanto para los beneficiarios que cobran el importe mínimo como para los que ingresan el máximo.

Subida de las pensiones mínimas y máximas

Una de las iniciativas que recoge la reforma es la mejora de las pensiones mínimas contributivas hasta que alcancen el 60% de la renta media.

Para ello, se tomará como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, que entre 2024 y 2027 deberá situarse en este porcentaje la renta media de un hogar conformado por dos adultos.

La pensión máxima irá subiendo acorde al IPC más un 0,115% entre 2025 y 2050. Foto: Wirestock - Freepik.
La pensión máxima irá subiendo acorde al IPC más un 0,115% entre 2025 y 2050. Foto: Wirestock – Freepik.

Mientras que en 2024 se subirá la cuantía mínima de la pensión de jubilación de referencia, para reducir en un 20% la brecha que exista, en 2027 la cuantía mínima se corresponderá con el 60% de la renta media.

Por su parte, las pensiones no contributivas crecerían hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar formado por una única persona.

Sin embargo, la reforma también incluye la actualización de las pensiones máximas, de manera que irá subiendo acorde al Índice de Precios de Consumo (IPC) más un 0,115% entre los años 2025 y 2050.

Diferencia entre la pensión mínima y máxima

La cuantía de la pensión de jubilación varía en función de los años que se han cotizado a la Seguridad Social a lo largo de la vida laboral, pero también de la edad con la que se accede al cobro de esta pensión pública.

Quienes no cuentan con las cotizaciones necesarias pueden optar a la pensión de jubilación no contributiva. Foto. Pixabay.
Quienes no cuentan con las cotizaciones necesarias pueden optar a la pensión de jubilación no contributiva. Foto. Pixabay.

Las personas que no han cotizado durante el periodo mínimo exigido por la Seguridad Social y disponen de unos ingresos inferiores a los 5.899,60 euros anuales pueden acogerse a la pensión de jubilación en la modalidad no contributiva.

No obstante, deberán tener más de 65 años, residir en la actualidad en España y haberlo hecho durante 10 años.

Para solicitar la pensión de jubilación contributiva se debe haber cotizado un mínimo de 15 años

Si se está afiliado a la Seguridad Social y se ha cotizado a lo largo de 15 años y dos de ellos son previos a la jubilación, se podrá solicitar la pensión de jubilación en la modalidad contributiva. Sin embargo, la cuantía de la pensión que se percibirá será la mínima.

En concreto, se cobrará el 50% de la base reguladora, si bien el porcentaje podrá ir aumentando conforme se disponga de un mayor número de periodos cotizado.

La edad legal de jubilación para 2023 es de 66 años y cuatro meses. Foto: Freepik.
La edad legal de jubilación para 2023 es de 66 años y cuatro meses. Foto: Freepik.

No obstante, las personas que hayan cotizado durante un mínimo de 37 años y nueve meses, podrán percibir la totalidad de la ayuda económica y jubilarse cuando hayan cumplido los 66 años y cuatro meses. 

Sin embargo, si se cuentan con cotizaciones superiores a los 37 años y tres meses, será posible adelantar la edad de jubilación hasta los 65 años.

Para percibir la pensión máxima dentro de la modalidad contributiva se deberán reunir estas condiciones y, además, haber situado la base de cotización entre los máximos en los 25 años previos al abandono de la vida laboral.

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