Qué ayudas puedes solicitar si has cotizado menos de un año
La Seguridad Social contempla ayudas para aquellas personas que no tienen derecho a paro por insuficiencia de cotización
Para poder cobrar el paro es imprescindible haber cotizado al menos durante un año. Sin embargo, la Seguridad Social también contempla una ayuda económica para personas desempleadas que tengan cotizado menos de un año: el subsidio por insuficiencia de cotización.
De esta forma, puedes recurrir a esta ayuda de 480 euros en el caso de que no tengas derecho al paro. No obstante, debes saber que, como en la mayoría de ayudas que ofrece el Estado, para percibir dicha ayuda es necesario cumplir con un seguido de requisitos:
- Estar desempleado o en una situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que se cobre dicha ayuda.
- Suscribir el compromiso de actividad y acudir a todas las citas del SEPE en materia de formación o de ofertas de empleo.
- Demostrar una carencia de rentas en las que estas nunca sean superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
- Haber cotizado un mínimo de tres meses, en caso de tener responsabilidades familiares, o al menos seis meses, si no se tienen. Eso sí, nunca debe superarse el máximo de 360 días porque ahí ya sí podría cobrar el paro.
Tal y como especifica el organismo liderado por José Luis Escrivá, para no perder la ayuda es imprescindible seguir cumpliendo estas condiciones en el momento de la solicitud, mientras se cobra y en sus prórrogas o renovaciones.
Duración
La duración del subsidio por insuficiencia de cotización depende del número de meses cotizados y de sí el interesado tiene o no responsabilidades familiares.
En el caso de tener cargas familiares, el subsidio tiene una duración 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente. Si se ha cotizado 6 meses o más, el subsidio durará 21 meses. En el caso de no tener obligaciones familiares, la ayuda se puede cobrar durante 6 meses, siempre que se hayan cotizado 6 o más.
Por su parte, las personas trabajadoras fijas discontinuas, podrán cobrar el subsidio el número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.