Todas las ayudas que puedes pedir en 2023 si eres pensionista
Las personas que perciben una pensión del sistema público pueden incrementar la cuantÃa de la prestación a través de distintos complementos
Una de las principales preocupaciones de las personas que piensan en la jubilación es disponer de los recursos económicos necesarios para cubrir sus necesidades durante esta etapa. Más aún, si se tiene en cuenta que la cuantÃa media de la pensión media de jubilación se sitúa en los 1.373 euros mensuales.
Sin embargo, conviene tener en cuenta que las personas que perciben una prestación de jubilación del sistema público de pensiones pueden incrementar el importe que perciben mensualmente solicitando distintas ayudas. A continuación, te desgranamos todas las claves.
Complemento por brecha de género
El complemento por brecha de género es una iniciativa impulsada por el Gobierno para reducir la brecha de género en las pensiones y reparar el perjuicio en la carrera profesional que puede acarrear el cuidado de los hijos.
Este importe extra únicamente puede ser cobrado por uno de los progenitores y que se desembolsa de forma indefinida en 14 pagas, con dos extraordinarias, en junio y noviembre.
La cuantÃa es de 30,4 euros por cada hijo, con el lÃmite de cuatro veces dicho importe. Por tanto, las personas que tengan un solo hijo cobrarán 30,3 euros mensuales y 424,20 euros anuales, frente a los 60,9 euros mensuales y 848,40 euros anuales que percibirán las personas con dos hijos.
Ayuda para el alquiler
Los pensionistas que cobran una pensión no contributiva de jubilación o invalidez también pueden percibir un complemento de 525 euros. El objetivo es contribuir a mejorar la situación económica de las personas que perciben esta prestación económica, cuya cuantÃa no alcanza el 50% del Salario MÃnimo Interprofesional (SMI).
La ayuda recibe el nombre de ‘Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada’. Consiste en el pago de forma anual de una cantidad fija, por tanto, conviene tener en cuenta que no se trata de pagas prorrateadas mensuales.
Complemento a mÃnimos
Los beneficiarios de una pensión que no llegan a percibir la cuantÃa mÃnima de la prestación pueden solicitar el complemento a mÃnimos que se gestiona desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Se trata de un importe económico que complementa las pensiones públicas contributivas cuando no alcanzan la cantidad mÃnima que los Presupuestos Generales del Estado marcan para ese año.
Solo se percibe el complemento mientras las rentas se sitúen por debajo del importe mÃnimo
Por ese motivo, lo pueden solicitar los beneficiarios de una pensión de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares, del sistema público.
Las personas interesadas en percibir el complemento deben residir en España y no pueden percibir rendimientos rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, o prestaciones de una entidad extranjera que sean superiores al importe de 8.614 euros.
En relación con la cuantÃa, el importe del complemento es más elevado o más bajo según la pensión que complemente.
Para calcular la cifra, la Seguridad Social tiene en cuenta todos los ingresos anuales del beneficiario y abona la cantidad que le falta para alcanzar la cuantÃa mÃnima.
En cualquier caso, es necesario tener en mente que el complemento solo se percibe mientras las rentas se sitúen por debajo del importe mÃnimo.
Bono social eléctrico
El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica de un 65% para consumidores vulnerables y de un 80% para consumidores vulnerables severos.
Para disfrutar de este descuento se debe tener contratada la tarifa PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor) con una potencia igual o inferior a 10kW y con una de las comercializadoras de referencia.
Además, se debe solicitar para el consumo de la vivienda habitual y se deben cumplir ciertos requisitos personales, familiares y de renta.