Pasos para facturar sin ser autónomo (y no tener problemas con Hacienda)
Es posible emitir facturas por algún trabajo puntual sin necesidad de darse de alta en el régimen de autónomos. Estos son los pasos a seguir
Es frecuente que un trabajador por cuenta ajena tenga la oportunidad de tener un ingreso extra con un encargo puntual, como puede ser un diseño gráfico, una reparación en una vivienda o una asesoría en temas de contabilidad.
En estas ocasiones surge la duda si hay que emitir factura, si es obligatorio darse de alta como autónomo, y qué trámites hay que hacer para evitar multas de Hacienda.
Pasos para facturar sin ser autónomo
Por lo pronto, para evitar tener que inscribirse en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) la Agencia Tributaria recuerda que la actividad extra no puede ser habitual, o sea, que no se puede considerar como un medio de vida ni mantener una regularidad en su ejercicio.
Pero sí es obligación estar dado de alta en Hacienda, más concretamente, en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores.
Para estar dado de alta en Hacienda, o para darse de baja, hay que completar los formularios 036 y 037
Para ello el interesado tiene que completar dos modelos, el 036 y 037. Además, por más que se esté como asalariado, hay que cumplir con una serie de obligaciones tributarias, como presentar el IVA trimestral (en caso que la actividad tribute con él), así como presentar los resúmenes anuales y liquidar el pago de ese impuestos y del IRPF.
Si es que no hay regularidad en la actividad extra, se puede dar de baja volviendo a presentar los modelos 036 y 037.
La cantidad máxima a facturar
Es importante tener en cuenta que es posible facturar sin darse de alta en autónomo si es que las cantidades ingresadas no superan los 1.080 euros mensuales, que equivale al Salario Mínimo Interprofesional.
Para que el trabajo extra no se considere como habitual se recomienda evitar la emisión de facturas cada mes, o con cantidades similares en cada ocasión.
En caso que se esté cobrando el seguro del paro, la prestación se puede perder si se detecta que la actividad es regular y representa un medio de vida.
Un consejo recomendado por Hacienda es que las facturas se hagan de forma trimestral, o que el trabajador por cuenta ajena se suscriba a una cooperativa para emitir las facturas bajo esa figura asociativa.