La Seguridad Social advierte a los futuros jubilados: qué tienes que hacer con las vacaciones pendientes
Para calcular los días que te corresponden solo tienes que establecer el salario por día, y multiplicar el número de días por el salario de un día
Cuando un trabajador se jubila, es común que tenga días libres acumulados que no ha disfrutado, y es posible que se pregunte si tiene derecho a recibir algún tipo de compensación por ellos. En general, la respuesta a esta pregunta es que la empresa no está obligada a pagar por las vacaciones no disfrutadas al momento de la jubilación, aunque hay algunas excepciones importantes a esta regla.
Una de estas excepciones se da cuando la jubilación sigue a una incapacidad temporal. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir compensación por los días de vacaciones no disfrutados. Esto es así porque, en el caso de una incapacidad temporal, el trabajador no ha podido disfrutar de sus vacaciones, y no sería justo que perdiera ese derecho al momento de su jubilación.
Otra excepción se da cuando el trabajador finaliza su contrato laboral. En este caso, los días de vacaciones no disfrutados se cobran igual que si estuviera en activo y recibiendo un salario. Esto es así porque el trabajador ha acumulado ese derecho durante su tiempo en la empresa, y no debería perderlo al momento de finalizar su relación laboral.
En estos casos, los trabajadores tienen derecho a recibir vacaciones retribuidas en días naturales, hábiles o laborales, según lo establezca su convenio colectivo. Además, no pueden renunciar a estos días ni a la compensación económica que les corresponda. Esto está establecido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, y significa que ni el trabajador ni la empresa pueden hacer que el trabajador pierda este derecho.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Para calcular el importe de las vacaciones no disfrutadas, se debe calcular el número de días correspondientes a las vacaciones no disfrutadas, establecer el salario por día o por jornada laboral, y multiplicar el número de días por el salario de un día o de una jornada laboral. El resultado obtenido corresponde con la cuantía que la empresa está obligada a incluir en el finiquito del trabajador.
Es importante destacar que el cálculo del importe de las vacaciones no disfrutadas puede variar según el convenio colectivo aplicable y según la legislación vigente en cada país. Por ello, es recomendable que el trabajador consulte con un abogado laboralista o con un especialista en recursos humanos para obtener información precisa y actualizada sobre este tema.