El pasado sábado, una importante orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) trajo consigo un cambio significativo en la cotización a la Seguridad Social para aquellos que trabajan en el extranjero. A partir de dentro de cuatro meses, entrará en vigor una medida que permitirá a los trabajadores expatriados desde España cotizar a la Seguridad Social sin límite de tiempo, rompiendo con la actual obligación de incorporarse al sistema de protección social del país en el que se encuentren después de un período determinado.
La orden, emitida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, establece una equiparación del alta en el sistema de la Seguridad Social para las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que operan en territorio español. Con esta modificación, se deroga la regulación que estaba en vigencia desde 1982, la cual forzaba a los trabajadores expatriados a desconectarse del sistema de la Seguridad Social española tras un tiempo determinado, lo que implicaba restricciones para acceder a beneficios como la pensión de jubilación, entre otros.
Anteriormente, esta situación solo se aplicaba a los trabajadores expatriados en países que no tenían acuerdos de coordinación en materia de seguridad social con España. No obstante, a partir de la entrada en vigor de la nueva orden, todos los trabajadores expatriados desde España podrán seguir cotizando al sistema de la Seguridad Social español sin enfrentar limitaciones temporales, independientemente del país de destino.
Cuándo se aplica
Se prevé que esta modificación brinde mayor estabilidad y beneficios a los trabajadores expatriados desde España, asegurando su protección social y garantizando que sus cotizaciones contribuyan a su futura jubilación y otros aspectos relevantes. Los trabajadores que ya estén dados de alta en el sistema del país donde trabajan desplazados podrán solicitar, en un plazo de seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de la orden, la vinculación voluntaria a la Seguridad Social española.
Es importante destacar que esta medida no tendrá efecto retroactivo, por lo que aquellos trabajadores expatriados que hayan cotizado previamente en sistemas de seguridad social de terceros países no podrán recuperar ni trasladar esas cotizaciones a la Seguridad Social española. En resumen, esta nueva normativa representa un avance significativo en la política de seguridad social del país y mejora las condiciones para aquellos ciudadanos que deciden trabajar en el extranjero en representación de empresas españolas.