Navantia, condenada en la Audiencia Nacional por vulnerar la libertad sindical
La Audiencia Nacional ha condenado a Navantia por vulneración de la libertad sindical en la negociación colectiva y del derecho a la información por no facilitar a CCOO, UGT y CIG las masas salariales de los años 2018 a 2021. La sentencia de la Sala de lo Social obliga a la compañía a poner a disposición de los sindicatos estos datos y al pago de 7.501 euros a cada uno de ellos.
En la sentencia, el tribunal estima íntegramente la demanda presentada por los tres sindicatos en la que, además de pedir que se declarasen vulnerados sus derechos, solicitaban que se condenara a la empresa a facilitarles las masas salariales presentadas por Navantia al Ministerio de Hacienda y las autorizaciones de incrementos de esos cuatro años.
Los representantes de los trabajadores solicitaron esa información –en la que se incluyen retribuciones, puestos de trabajo o clasificaciones profesionales– en el primer trimestre de cada año. Según su versión, Navantia se negó a entregársela argumentando que «la solicitud de información sobre la masa salarial es ajena al convenio colectivo».
Por su parte, la compañía ha defendido que en 2018 se firmó un plan estratégico y los sindicatos están en la comisión de seguimiento, así como que las actualizaciones de la masa salarial no son objeto de negociación, sino que se aplica una actualización prevista.
Carácter esencial de la información solicitada
Sin embargo, la Sala de lo Social estima en su sentencia la demanda y sostiene que los argumentos de la compañía no suprimen ni eliminan el carácter esencial de la información solicitada. Añade que en nada influye la presencia de los sindicatos en la comisión de seguimiento del Plan Estratégico firmado en 2018 y afirma que la información sobre la masa salarial «influye y repercute directamente» en la negociación colectiva.
Explica que si la masa salarial se torna en elemento básico y determinante para fijar los costes salariales y extrasalariales, además de los gastos de acción de la empresa, es que condiciona «los contornos de la negociación colectiva» y supedita la aplicación de incrementos o conceptos que de ningún modo tendrían eficacia, si se superan los límites previstos en las leyes de Presupuestos.
Además, el tribunal dice que «no alcanza a entender qué repercusión negativa produce a la empresa» suministrar la información sobre la masa salarial y los incrementos retributivos solicitados.
La sentencia, que puede ser recurrida en casación ante la sala cuarta del Tribunal Supremo, condena también a Navantia a indemnizar a cada uno de los sindicatos con 7.501 euros, como solicitaban en su demanda.