Inditex pacta una subida salarial del 10% en el almacén de Zara en Arteixo
Inditex ha alcanzado un preacuerdo para la renovación del marco regulador de las condiciones laborales en el centro logístico de Zara en Arteixo, ubicado en la sede de la multinacional. En el almacén trabajan unos 1.200 empleados y es uno de los centros de vanguardia en el ámbito de la negociación colectiva en el conjunto de empresas que conforman la multinacional de Amancio Ortega.
El preacuerdo, que ha sido apoyado por un 80% de la plantilla, establece una subida salarial del 10% para los próximos tres años, con la garantía de que Inditex aplicará la subida del IPC real cada ejercicio y con carácter retroactivo en caso de que supere el incremento acordado.
El pacto en Zara Logística, que está todavía pendiente de su redacción definitiva, se produce después de los dos acuerdos que mejoraron la retribución y condiciones laborales en las tiendas, uno en A Coruña con el telón de fondo de las protestas de las dependientas durante el Black Friday impulsadas por la CIG, y otro a nivel estatal en negociación con CCOO y UGT.
Trabajar menos horas
El nuevo acuerdo regulador aplicará una nueva reducción de la jornada anual en ocho horas, además de una rebaja de dos a tres días para el personal con más de 25 años de antigüedad. También se amplía la reducción de jornada para los trabajadores de mayor edad, una medida que lleva tiempo implantada en los centros logísticos del grupo debido al esfuerzo físico que requieren. Inditex acordó con los sindicatos años atrás reducir progresivamente las horas de jornada anual en función de la edad del empleado en algunos de sus centros. De esta manera, los trabajadores de mayor edad pueden obtener una rebaja de más de 200 horas en el ejercicio sin que afecte a la remuneración fija.
Según han explicado fuentes sindicales, el preacuerdo también incorpora mejoras en el calendario y en las vacaciones, además de un compromiso de ejecución de inversiones en el almacén para mejorar los procesos automatizados antes de 2024.