La CNMC exige a Correos que deje de considerar las notificaciones administrativas como cartas certificadas
Competecia obliga a la empresa pública de mensajería a presentar los resultados corregidos de los ejercicios de 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha solicitado por cuarta vez a Correos (desde 2020) que deje de considerar las notificaciones administrativas como si fueran cartas certificadas incluidas en el Servicio Postal Universal (SPU), lo que afecta, dice, a su contabilidad.
Las notificaciones administrativas «no son» parte del SPU, subraya la CNMC, y añade que se trata de comunicaciones o puesta en conocimiento de una decisión administrativa, que afecta a los derechos o intereses de cualquier persona física o jurídica.
Lo que sí forman parte del SPU son los envíos nacionales y transfronterizos (ordinarios y certificados) de cartas, tarjetas postales (hasta 2 kilos) y paquetes postales (hasta 20 kilos), explica el regulador en una nota.
Afecta a la contabilidad
A pesar de ello, la CNMC señala que Correos imputa las notificaciones administrativas dentro del apartado de cartas certificadas y no respeta la separación contable que debe existir entre servicios incluidos y excluidos del ámbito del SPU.
Esta práctica tiene un «impacto material en los resultados» de la contabilidad analítica de Correos, indica la CNMC.
Las notificaciones administrativas, según la misma fuente, representaron el 4,9% de los envíos y el 26,8% del total de ingresos del segmento postal tradicional (cartas, postales, cartas certificadas y notificaciones), según el Informe Anual del Sector Postal 2020 al que hace referencia el organismo regulador.
La CNMC requiere a Correos que introduzca en su sistema de contabilidad de costes del ejercicio 2021 «las modificaciones precisas para corregir» la incidencia, y le reitera que debe presentar también los resultados corregidos de los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como una infracción administrativa de las previstas en la Ley Postal.