Cómo conseguir un suplemento de 1.000 euros por hijo
Te explicamos cómo conseguir las ayudas dirigidas a familias monoparentales, numerosas o con miembros discapacitados
Tanto el Gobierno central como las comunidades autónomas ofrecen diversas formas de reducciones de impuestos y ayudas financieras para padres que tengan hijos niños nacidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
La llegada de un nuevo miembro a la familia puede significar un aumento significativo de gastos, lo que puede afectar la economía familiar de manera abrupta. Por lo tanto, las ayudas a la maternidad y paternidad son cruciales para motivar una tasa de natalidad cada vez más baja en Europa y especialmente en España.
¿Cuáles son los requisitos?
Existen dos tipos de ayudas: prestaciones universales, que se otorgan sin tener en cuenta el nivel de ingresos de la familia, y ayudas específicas dirigidas a colectivos más vulnerables, como familias monoparentales, familias numerosas o familias con miembros discapacitados igual o superior al 65% con una prestación económica de pago único a tanto alzado de 1.000 euros.
Si los ingresos anuales del beneficiario superan el límite establecido, pero aun así son inferiores a la suma del límite y el monto de la prestación, se le otorgará una ayuda equivalente a la diferencia entre sus ingresos y el importe total mencionado.
En el caso de las familias numerosas que conviven juntos, cualquiera de los progenitores o adoptantes puede recibir la prestación si así lo acuerdan. En caso de que no haya acuerdo, la madre será quien reciba la prestación si ella está presente en la familia. Si los progenitores no conviven juntos, la persona que tenga la responsabilidad legal de la custodia y cuidado del hijo será quien reciba la prestación.
¿Cómo pedir la ayuda?
La solicitud de la ayuda se realiza en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) y la prestación es otorgada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Necesitas:
- DNI del solicitante y del otro progenitor/a adoptante o certificado de registro de ciudadano de la Unión o Certificado del derecho a residir con carácter permanente junto con pasaporte o documento de identidad en vigor o tarjeta de identidad de extranjero (TIE) y Número de Identidad de extranjero (NIE) en todos los supuestos.
- Certificado de empadronamiento
- Libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos
- Justificante de ingresos.
- Si hay separación judicial o divorcio: sentencia judicial que acredite dichas situaciones o documento por el que se establece la guarda y custodia de los hijos.
- Sí, hay hijos con discapacidad: título de discapacidad
- En supuestos de familia numerosa: título de familia numerosa.
- En supuesto de tutela: resolución judicial mediante la que se constituye la tutela.