Préstamos entre familiares y amigos: cómo evitar tropezar con Hacienda

La Agencia Tributaria pone el foco en las transferencias bancarias entre familiares

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La entrada para comprar una propiedad, la adquisición de un vehículo o la financiación para un proyecto son algunas de las situaciones más habituales en las que las personas necesitan un ingreso adicional. Ante la imposibilidad de solicitarlo en una entidad financiera, puede surgir la idea de pedir el montante a familiares o amigos. Sin embargo, convendrá tener en cuenta que, en función de las características del préstamo, está sujeto a la vigilancia de las autoridades fiscales.

En este sentido, conviene poner atención en la cuantía de la transferencia, ya que si el importe es superior a los 6.000 euros la entidad bancaria ha de avisar a las autoridades fiscales. En el caso de que supere los 10.000 euros, Hacienda puede investigar la operación y, además, la persona que la percibe deberá justificarlo debidamente en la declaración de la Renta.

Asimismo, es necesario prestar una mayor atención si la transferencia se lleva a cabo a través de Bizum, una solución muy habitual para enviar y recibir dinero de manera inmediata y sin pagar comisiones.

Una mujer hace un Bizum.
Una mujer hace un Bizum.

A través de este método de pago, los usuarios pueden enviar dinero en cualquier momento y lugar, mediante su móvil, y el pago se hace efectivo directamente entre sus cuentas en el mismo momento de su autorización.

No obstante, cuando se transfiere a una misma cuenta una cantidad superior a los 5.000 euros a lo largo de un mes, o bien, más de 1.500 euros en un día, el fisco recibe una alerta.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

También es necesario tener en mente que el préstamo de dinero entre familiares está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Teniendo en cuenta el gravamen está cedido a las comunidades autónomas, con competencias en recaudación y comprobación, cada región aplica sus propias normas al respecto.

Cabe destacar que habrá que llevar a cabo los trámites vinculados al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Si bien, en este caso, no se requiere efectuar un pago, sí comporta la presentación en un periodo de 30 días de las correspondientes autoliquidaciones, a través del modelo 600.

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