La peligrosa realidad tras el boom del autoconsumo solar

El autoconsumo fotovoltaico está de moda, pero todavía tiene importantes lastres que debe soltar

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Paneles solares para autoconsumo

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El sol, sin impuestos, brilla con más fuerza que nunca en España. Y eso ha tenido una consecuencia inmediata: la instalación de autoconsumo fotovoltaico se ha disparado. El último ejercicio ha sido histórico. Y esos niveles récord serán la tónica los próximos años. La paradoja es que se podría elevar el ritmo de implantación si no hubiera tantas trabas.

En 2022 se instalaron en España 2.649 MW de autoconsumo, según datos de un reciente informe publicado por Appa Renovables. De ellos, el 39% (1.024 MW) se instalaron en hogares y el 61% restante en instalaciones industriales. Esto supuso que se realizaron 217.248 instalaciones residenciales y 23.096 instalaciones de tipo industrial. Pero algo está fallando pese a todo. Y así lo ha hecho constar el regulador

En concreto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sostiene que el despliegue de instalaciones de energías renovables es prioritario para las entidades locales que aspiran a cumplir los objetivos de la transición ecológica, pero existen múltiples obstáculos que afectan a su desarrollo

Como parte del proyecto ‘Municipios y Competencia’, el regulador ha elaborado un documento de trabajo, que identifica los problemas para el despliegue de grandes proyectos en suelo y de instalaciones de autoconsumo por la intervención de las entidades públicas locales, y una consulta pública para conocer la opinión de los interesados. 

La peligrosa realidad del autoconsumo 

En el informe que ha elaborado la CNMC para abordar la situación, dejan muy claro que la instalación de módulos de autoconsumo se enfrenta a importantes barreras, principalmente derivadas de la equiparación que, en muchas ocasiones, se realiza entre estas instalaciones y las de suelo, lo que lleva a asimetrías de interpretación de la normativa. 

Hay seis puntos clave que se deben mejorar cuanto antes si realmente se quiere que no haya más parones en el camino renovable.

Licencia de obra: en catorce comunidades autónomas se ha sustituido dicha autorización por declaraciones responsables, pero en muchos municipios todavía se solicitan autorizaciones. 

Acceso y conexión: el tipo de documentación puede variar según la distribuidora y, en ocasiones, en una misma distribuidora varía según la zona, lo que complica a los promotores la preparación de la documentación necesaria y prolonga el proceso. 

Edificios protegidos: muchas ordenanzas municipales y normas autonómicas plantean limitaciones a la instalación de paneles de autoconsumo en edificios catalogados patrimonio histórico, por lo que un operador puede iniciar los trámites para instalar placas de autoconsumo y, posteriormente, no poder llevarlo a cabo. Por norma general, no existe una zonificación clara de edificios protegidos, por lo que no es posible conocer ex ante este dato tan condicionante del proyecto.  

Condicionamientos estéticos: el problema es que no siempre están justificados por la normativa que pueden exigir, entre otros: placas no visibles desde la calle, certificación que ratifique que los módulos no producen reflejos o exigencia de un color determinado de las placas, sin la pertinente justificación. 

Sede electrónica de los ayuntamientos: aquí existe una negativa de algunos de ellos a aceptar la representación del promotor. Ello retrasa la instalación de los módulos, ya que los operadores podrían llevar a cabo la tramitación administrativa asumiendo la representación, de forma que no impacte dicha carga en la comunidad de vecinos que decida la instalación. 

Tasas y fianzas: algunos operadores han cuestionado la diferente exigencia de tributos locales entre municipios ante un mismo hecho, como por ejemplo, la tasa por gestor de residuos autorizado (algunos entes locales exigen esta tasa por considerar que la instalación de los paneles generara residuos comparables a los de una obra en una vivienda), fianzas por posibles desperfectos a la vía pública, ICIO y tasa urbanística (por considerarse obra mayor) o tasa por panel instalado en algunos ayuntamientos, sin definición clara del hecho imponible.

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