El SEPE advierte: si no sigues estos pasos te pueden quitar el subsidio para mayores de 52 años
Las personas que perciben la ayuda han de presentar cada año un documento para continuar cobrándola
Quedarse sin empleo es una situación complicada, especialmente si sucede con una edad próxima a la jubilación. Si bien existen prestaciones dirigidas a paliar esta situación, como la prestación por desempleo, únicamente cubren un periodo de tiempo determinado. Por tanto, una vez se agota, si la persona no ha vuelto a encontrar trabajo, continúa en la misma situación.
Precisamente, para este caso específico, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una ayuda económica. Se trata del subsidio para mayores de 52 años, que pueden percibir las personas que se encuentren en paro y hayan agotado el subsidio por desempleo.
Cabe destacar que podrán cobrar la ayuda hasta que alcancen la edad de jubilación, cuando pueden comenzar a cobrar la pensión correspondiente de jubilación. Además, la prestación cotiza para la pensión, por lo que los beneficiarios pueden acumular cotizaciones que se tendrán en cuenta a la hora de acceder y concretar la cuantía de la prestación por jubilación.
Cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Las personas interesadas en cobrar la ayuda, además, deberán haber estado inscritos en el SEPE como demandantes de empleo durante un mínimo de 12 meses en los últimos 18 meses, haber cotizado un mínimo de 6 años durante su vida laboral, y no superar los límites de renta establecidos.
El importe del subsidio equivale al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que es una medida que se utiliza en España para establecer diferentes límites y cuantías en las prestaciones sociales.
Dado que en 2022, el Gobierno impulsó un incremento en el IPREM hasta los 600 euros, la cuantía del subsidio para este colectivo alcanza los 480 euros mensuales este año.
Así puedes evitar que te quiten la ayuda
Una vez se comienza a cobrar la ayuda, cada año se debe presentar una declaración de rentas para acreditar que los ingresos mensuales no han excedido el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
El trámite se puede llevar a cabo a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), mediante el certificado digital, el DNI electrónico o el usuario y contraseña Cl@ve.
También existe la posibilidad de presentar la declaración de rentas de forma presencial en la oficina de prestaciones, pidiendo previamente cita en la página web del SEPE o de forma telefónica.
Una vez se cumplen doce meses desde que se comienza a cobrar el subsidio, se dispone con un plazo de presentación de quince días hábiles. Es fundamental no olvidar presentar la declaración de rentas cada año, ya que si no, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización.