Si no tienes cuenta en el banco te arriesgas a perder este subsidio

El SEPE contempla soluciones para aquellos desempleados que no disponen de una cuenta bancaria. Conoce los requisitos y las opciones disponibles

¿Sin cuenta bancaria? Descubre cómo cobrar el subsidio por desempleo de forma excepcional. Foto: Freepik

¿Sin cuenta bancaria? Descubre cómo cobrar el subsidio por desempleo de forma excepcional. Foto: Freepik

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En ocasiones, las personas desempleadas se encuentran en situaciones en las que, después de agotar su período de paro y no lograr encontrar un nuevo empleo, se ven enfrentadas a la falta de una cuenta bancaria para recibir el subsidio por desempleo otorgado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Aunque el SEPE exige que los pagos se realicen a través de una cuenta bancaria, esto puede plantear un desafío para aquellos que no disponen de una cuenta activa. La razón detrás de esta exigencia es garantizar la transparencia y prevenir actividades ilícitas como el blanqueo de capitales.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen circunstancias excepcionales en las que las personas desempleadas pueden encontrarse sin una cuenta bancaria propia. Ante esta situación, surge la pregunta de cómo se puede cobrar el subsidio por desempleo en tales casos.

Afortunadamente, el SEPE contempla soluciones excepcionales para estos casos particulares, aunque es importante tener en cuenta que estas soluciones están sujetas a ciertos requisitos y justificaciones.

En este sentido, el SEPE establece que, por norma general, el pago de la prestación y el subsidio por desempleo se realiza mediante el abono en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario, siempre y cuando esta cuenta pertenezca al desempleado.

El SEPE establece que el pago del subsidio por desempleo se realiza mediante el abono en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario. Foto: Freepik
El SEPE establece que el pago del subsidio por desempleo se realiza mediante el abono en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario. Foto: Freepik

No obstante, de manera excepcional, se permite el cobro en efectivo en ciertas situaciones debidamente justificadas. Esto brinda una alternativa para aquellos desempleados que no cuentan con una cuenta bancaria activa y les impide recibir el subsidio de forma tradicional.

Cuáles son las excepciones

  1. Cambio de cuenta: Si una persona cierra una cuenta bancaria en un banco y está en proceso de abrir otra cuenta en otro banco, puede solicitar el cobro en efectivo mientras se realiza la transición.
  2. Perjuicio grave: Si el desempleado puede demostrar que el pago a través de ingreso en cuenta le causaría perjuicio grave debido a circunstancias personales, el SEPE puede autorizar el cobro en efectivo. Por ejemplo, esto puede aplicarse a víctimas de violencia de género o doméstica que necesiten proteger su identidad.
  3. Incapacidad para abrir cuenta: Si una persona justifica debidamente su incapacidad para abrir una cuenta bancaria, puede solicitar el cobro en efectivo como alternativa.
  4. Autorización del SEPE: Si el desempleado obtiene la autorización del SEPE y se justifica adecuadamente el pago por recibo, se puede realizar el cobro en efectivo.

Requisitos

Estos requisitos incluyen haber agotado la duración total de la prestación contributiva por desempleo a la que se tenga derecho (excepto para el subsidio por insuficiencia de cotización), permanecer inscrito como demandante de empleo durante todo el período de recepción del subsidio, demostrar búsqueda activa de empleo, no rechazar ninguna citación o curso de los servicios de empleo y suscribir el compromiso de actividad al presentar la solicitud. Además, se debe carecer de rentas mensuales que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Es importante tener en cuenta que la información proporcionada se basa en el conocimiento disponible hasta septiembre de 2021 y que las políticas y requisitos del SEPE pueden cambiar con el tiempo. Por lo tanto, es recomendable verificar la información más actualizada en la página web oficial del SEPE o consultar con las autoridades competente

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