Mala noticia para los autónomos: este es el dinero que tienen que devolver a la Seguridad Social
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) está reclamando el importe correspondiente a una bonificación a algunos trabajadores por cuenta propia
Si eres un trabajador por cuenta propia, cotizas en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA) y has sido padre, podrías verte obligado a devolver un importe económico al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Se trata de la prestación por paternidad, un permiso de 16 semanas remunerado, durante el cual el trabajador que acaba de tener un hijo puede percibir una ayuda económica por parte de la Seguridad Social con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora.
¿Por qué tienes que devolver dinero a la Seguridad Social?
Hasta el 1 de enero de 2023, la cuota de autónomo se bonificaba por completo a los trabajadores de este tipo que fuesen padres y solicitasen el permiso de paternidad durante un periodo mínimo de un mes. No obstante, ahora se cuenta con la opción de fraccionar el tiempo de descanso, si bien la duración siempre ha de ser inferior a 30 días.
Teniendo en cuenta que el periodo de permiso por paternidad es de 16 semanas, la bonificación de la cuota a la que pueden acogerse los trabajadores por cuenta propia también abarca este periodo. Sin embargo, solo 10 de las 16 semanas a que se tiene derecho pueden cogerse de forma fraccionada, tal y como destaca el portal Noticias Trabajo.
Dado que la Seguridad Social puede revisar las ayudas concedidas hasta cuatro años atrás y tiene la posibilidad de reclamar la bonificación vinculada a semanas que el progenitor ya ha disfrutado, ahora están comenzando a aflorar casos de 2019.
Así, los autónomos que se decantaron por fraccionar el permiso de paternidad en periodos de dos semanas durante el primer año de vida de su hijo podrían verse afectados por este cambio impulsado desde la Seguridad Social.
Concretamente, pueden verse obligados a devolver el importe los trabajadores por cuenta propia que pidieron un periodo de descanso por nacimiento, adopción, riesgo de embarazo o periodo de lactancia hasta diciembre de 2022.
Dado que el importe reclamado corresponde a las cuotas que no se abonaron durante las 16 semanas de descanso y el importe mínimo durante 2021 y 2022 se situaba en torno a los 300 euros, las cantidades mínimas a devolver podrían ascender hasta los 1.200 euros, además del recargo.
Sin embargo, si esa persona cotizaba con la base máxima en la Seguridad Social, el importe a devolver podría escalar hasta los 5.000 euros.