Por llegar tarde al trabajo te pueden bajar el sueldo
Debate jurídico y sindical sobre los límites de las sanciones laborales y los derechos de los trabajadores
La sentencia del Tribunal Supremo que establece que la llegada tardía al puesto de trabajo, sin una causa justificada, puede dar lugar a una reducción salarial ha generado un importante debate en el ámbito laboral.
En este caso concreto, relacionado con una empresa de call center, la Audiencia ha respaldado el derecho de la compañía a reducir el salario del empleado en proporción a las horas no trabajadas debido a la impuntualidad.
La polémica surge en torno a la interpretación de las normativas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores.
Por un lado, el Tribunal Supremo argumenta que el tiempo no trabajado a causa de la llegada tardía no debe ser considerado como tiempo de trabajo y, por ende, no está sujeto a remuneración.
Por otro lado, los sindicatos y abogados laboralistas sostienen que esta práctica constituye una conducta ilícita y un abuso de derecho, en contravención del artículo 58.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Qué dice la ley
Dicho artículo establece que no se pueden imponer sanciones que impliquen la reducción de las vacaciones, la disminución de los derechos de descanso o multas salariales. En este contexto, la reducción salarial podría considerarse como una especie de multa salarial, lo cual está prohibido.
Los sindicatos y abogados laboralistas ven esta práctica como una conducta ilícita y un abuso de derecho, y consideran que puede ser objeto de denuncia e impugnación.
Es importante destacar que el caso ya había sido juzgado en primera instancia por la Audiencia Nacional, y se ha reabierto debido a la denuncia presentada por los sindicatos. En otras palabras, tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Nacional han fallado a favor de la empresa de call center.
Ambos tribunales argumentan que el salario remunera el tiempo de trabajo efectivo o el tiempo de descanso computable como tiempo de trabajo, por lo que las horas no trabajadas no pueden considerarse como tal y, en consecuencia, no tienen derecho a ser remuneradas.