Pensión por incapacidad permanente total: las nuevas ventajas de 2023

En los casos en los que la incapacidad permanente total esté ocasionada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional la cuantía de la prestación se incrementará por encima del 55% de la base reguladora

Ina persona con incapacidad permanente trabajando en un ordenador.

Ina persona con incapacidad permanente trabajando en un ordenador.

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La pensión por incapacidad permanente es, como la define la Seguridad Social, una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Pueden ser beneficiarias de ella las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad.

Hay tres tipos de pensión de incapacidad permanente distinta en función del grado de discapacidad que se tenga y el impedimento que este suponga para realizar funciones laborales y tareas básicas. De esta manera, el grado de incapacidad puede ser parcial para la profesión habitual si ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión. El siguiente grado es la incapacidad total para la profesión habitual, la cual inhabilita al trabajador a dicha profesión, pero puede dedicarse a otra distinta.

En ambos casos, el cobro de la pensión es compatible con la realización de trabajo a tiempo parcial o completo y no tiene limitaciones. La cuantía a cobrar por la incapacidad permanente total es del 55% de la base reguladora, aunque este puede incrementarse en un 20% para las personas mayores de 55 años cuando, por su falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales y laborales del lugar de residencia, se presuma dificultad de obtener empleo en una actividad distinta de la habitual.

Además, la Seguridad Social explica que en los casos en los que la incapacidad permanente total esté ocasionada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación se aumentará, según la gravedad de la falta, de un 30% a un 50% cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador. Dicho recargo recae directamente sobre el empresario infractor.

Revalorización de un 8,5%

Más allá de estas dos, existe la incapacidad absoluta para todo trabajo, que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio, y la gran invalidez, que se produce cuando el trabajador necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. Estas, por definición, impiden compatibilizar la pensión con la realización de otra actividad laboral.

Por último, cabe recordar que al ser prestaciones contributivas en 2023 se han revalorizado un 8,5% en aplicación de la última reforma de pensiones y en línea con lo que ha aumentado el IPC entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022.

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