El misterio de la incapacidad permanente en autónomos: así funciona

Te explicamos cómo funciona la pensión por incapacidad permanente en los autónomos

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Con el objetivo de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) concede la pensión por incapacidad permanente.

Los autónomos cotizan en un régimen especial de la Seguridad Social, el RETA, y no en el régimen general, como los trabajadores por cuenta ajena. Por ello, siempre han existido dudas de cómo funciona la incapacidad permanente en los trabajadores por cuenta ajena.

Así funciona la incapacidad permanente en autónomos

Los autónomos no tienen derecho a una incapacidad permanente parcial si se trata de una enfermedad común o un accidente no laboral. En cambio, sí podrá acceder a ella si la contingencia es profesional, es decir, por enfermedad o accidente laboral.

El Plan Anual Normativo implica cambios para los autónomos. Foto EFE

En este sentido, cabe destacar que se considera accidente de trabajo «el ocurrido consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación de este régimen especial». Tienen tal consideración:

  • Los ocasionados en actos de salvamento, cuando tengan conexión con el trabajo.
  • Las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo, cuando tengan conexión con el mismo.
  • Las enfermedades, no consideradas profesionales, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo.
  • Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
  • Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado al paciente.
  • Accidente in itinere

En el caso de una incapacidad permanente total, absoluta y de gran invalidez, no existen diferencias entre un asalariado incluido en el Régimen General y un profesional que trabaja por cuenta propia. 

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