Por qué es muy importante que verifiques esta casilla de la Renta

El plazo para presentar la Declaración de la Renta ya está abierto y se cerrará el próximo 31 de junio

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La campaña de la Declaración de la Renta para presentar los resultados económicos correspondientes al 2022 ya ha dado su pistoletazo de salida. Por el momento, los contribuyentes únicamente pueden formalizar el trámite de forma online. Así, las personas interesadas en presentar el borrador por teléfono habrán de esperar hasta el 5 de mayo, mientras que para hacerlo de forma presencial hasta el 1 de junio. En cualquier caso, el 30 de junio terminará el plazo para presentar el documento a través de cualquiera de estos canales.

Tras rendir cuentas con las autoridades fiscales, los contribuyentes podrán saber si la Declaración de la Renta les saldrá «a devolver» o a «pagar». Si a lo largo del ejercicio han pagado más de lo que les correspondía en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la Agencia Tributaria les devolverá un importe. No obstante, si han desembolsado menos de lo debido, deberán abonar la parte correspondiente.

Novedades en la presentación de la Declaración de la Renta

A la hora de formalizar el trámite es necesario tener en mente que este año se han introducido algunas novedades, respecto al año pasado. Una de ellas es la reducción en las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) las nóminas para los trabajadores que cobren menos de 21.000 euros al año. De esta manera, también se eleva el umbral de ingresos, que en la anterior campaña estaba fijado en los 18.000 euros anuales. Asimismo, verán reducidas las retenciones de este impuesto en sus nóminas en el próximo año todos los trabajadores que cobren una remuneración anual por debajo de los 32.000 euros.

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Foto Rodrigo Jiménez – EFE

Otra de las novedades, si bien únicamente afectará a los trabajadores autónomos, es la introducción del nuevo sistema de cotización. Dividido en 15 tramos, cada uno concreta tanto las bases de cotización como las cuotas a abonar en función de los rendimientos netos. De esta manera, si se realiza una modificación, los requisitos que comportan la presentación de la declaración de la renta también cambian. Con todo, los nuevos empleados por cuenta propia se encuentran en la obligación de presentar la Declaración de la Renta independientemente de los ingresos que perciban a lo largo del año.

Esta es la casilla que debes verificar

A la hora de realizar este trámite conviene poner especial atención a una casilla: la 505. Una opción para ahorrar tiempo en la presentación del borrador es la recuperación de la última Declaración de la Renta. Sin embargo, es recomendable comprobar que todos los datos que figuran en el documento son los correctos, puesto que, si no son precisos el contribuyente puede verse perjudicado.

Ahí es donde entra en juego esta casilla. Y es que, para conseguir el borrador del año anterior es imprescindible aportar la referencia del expediente de Renta, que se consigue después de facilitar el importe que figura en este apartado. La cifra corresponde a la «base liquidable general sometida a gravamen», según especifica la Agencia Tributaria.

Eb el caso de no localizar el importe en la casilla 505, las autoridades fiscales recuerdan que se puede acceder a los servicios de Renta a través del sistema Cl@ve PIN, así como con el certificado electrónico.

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