Aviso de Hacienda por los nuevos plazos de pago para contribuyentes

Te explicamos cuáles son los periodos para los que tengan un pago de hasta 50.000 euros y qué pasará con el resto

Agencia Tributaria.

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La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, anunció que la Agencia Tributaria ampliará los plazos de pago de deudas para más de 750.000 personas físicas y jurídicas. A partir del 15 de abril, la nueva instrucción de aplazamientos permitirá duplicar los plazos máximos de pago, que pasarán de 12 a 24 meses para personas físicas y de 6 a 12 meses para personas jurídicas.

Además, se ampliará el límite exento para pedir un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda con la Agencia Tributaria de 30.000 a 50.000 euros. Para solicitar la ampliación del aplazamiento, los contribuyentes podrán utilizar la aplicación móvil o la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Hombre firmando un documento oficial. Imagen: Pixabay.

Para pagos de más de 50.000 euros

La flexibilización de los plazos de pago también se aplicará a aquellos casos en los que se requiera la aportación de garantías o avales ante Hacienda, de más de 50.000 euros, permitiendo ampliar los plazos máximos de 36 a 60 meses en caso de aval bancario o seguro de caución, y de 24 a 36 meses en caso de garantía de un inmueble urbano sin cargas. En casos excepcionales, se podrá superar el tope de 60 meses con previa autorización.

Otras garantías

La otra instrucción aprobada por Hacienda permitirá aceptar bienes inmuebles urbanos con cargas (hipotecas o embargos) como garantía, siempre que su valor supere el 115% de la deuda una vez que se descuenten. Esta medida supone una novedad, ya que Hacienda no aceptaba estos bienes como garantía en la instrucción previa.

También se contempla la posibilidad de que la garantía aportada por el deudor principal beneficie a los declarados responsables por derivaciones de responsabilidad y a los coobligados al pago de la deuda (avalistas), si es suficiente.

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