Comprueba aquí si la Declaración de la Renta te sale a pagar o devolver

El próximo 11 de abril se abrirá el plazo para presentar la Declaración de la Renta y se mantendrá vigente hasta finales de junio

Ciudadanos esperan para ser atendidos en la delegación de Hacienda de Madrid. EFE/Chema Moya

Hacienda. EFE/Chema Moya

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

En abril se dará el pistoletazo de salida a la campaña para presentar la Declaración de la Renta en correspondiente a 2022. Como cada año, los contribuyentes que reúnan las condiciones estipuladas por Hacienda deberán presentar los resultados económicos del año pasado para saber si la Declaración les saldrá «a pagar» y deberán aportar una cuantía económica, o bien, les saldrá «a devolver» y podrán obtener una devolución por lo que se ha pagado del IRPF a lo largo del año.

Tal y como marca el calendario fiscal, el trámite se podrá comenzar a formalizar el 11 de abril de forma telemática. Por su parte, las personas que quieran realizarlo por teléfono habrán de esperar hasta el 5 de mayo y los contribuyentes que tengan intención de efectuarlo de forma presencial asta el 1 de junio. En cualquier caso, el 30 de junio terminará el plazo para presentar el documento a través de cualquiera de estos canales.

Novedades en la presentación de la Declaración

La campaña de la Renta de este año vendrá cargada de novedades. Una de ellas será la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales. Por el contrario, las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

También se ha creado el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.

Declaración de la Renta. EFE/R. García

Los contribuyentes también deberán tener en cuenta la entrada en vigor de las modificaciones de las escalas del gravamen del IRPF aprobadas con efectos retroactivos para 2022 por algunas comunidades autónomas, con el objetivo de paliar la subida de precios registrada a lo largo del año.

Los Presupuestos Generales del Estado de 2023, asimismo, contemplan entre sus principales novedades fiscales, la rebaja del IRPF para las rentas hasta 21.000 euros, el aumento del mínimo exento del impuesto hasta los 15.000 euros y el incremento del gravamen de las rentas del ahorro a partir de 200.000 euros. No obstante, esta medida no tendrá efectos en la Declaración de la Renta de este año, sino en la del próximo.

Simulador de la Agencia Tributaria

El simulador de la Agencia Tributaria permite hacer una aproximación de la declaración de la Renta. Para utilizarlo no es necesario identificarse. «Renta WEB Open no permite la presentación de la declaración, ya que se trata de una simulación sin validación de datos identificativos», destacan las autoridades fiscales en su página web.

Para efectuar la simulación será necesario hacer clic sobre el apartado «Nueva declaración», o bien, en «Cargar», si ya se había llevado a cabo una previamente. Después será necesario introducir los datos identificativos del contribuyente interesado en realizar la consulta, como el nombre y los apellidos, el estado civil o la comunidad autónoma en la que vive.

Entonces, para descubrir si la Declaración de la Renta saldrá a pagar o a devolver, será necesario hacer clic sobre el apartado «Apartados declaración». Tras rellenar los datos que se especifican, la web muestra determina si será necesario devolver un importe una vez presentada la Declaración de la Renta, o por el contrario, el contribuyente recibirá un reembolso.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp