Importante aviso de la Seguridad Social a los que cobran 30 euros extra en la pensión

La Seguridad Social recuerda a los pensionistas que existe un complemento económico que pueden cobrar

Los pensionistas pueden cobrar más de 30 euros adicionales con la prestación. Foto: Freepik.

Los pensionistas pueden cobrar más de 30 euros adicionales con la prestación. Foto: Freepik.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La Seguridad Social ha recordado que existe un complemento que las personas que perciben una pensión del sistema público pueden percibir, siempre y cuando reúnan las condiciones necesarias.

Se trata del complemento por brecha de género, una iniciativa impulsada por el Gobierno bajo el propósito de reparar el perjuicio en la carrera profesional que puede acarrear el cuidado de los hijos.

Cabe destacar que este importe extra únicamente puede ser cobrado por uno de los progenitores y que se desembolsa de forma indefinida en 14 pagas, con dos extraordinarias, en junio y noviembre.

Cuánto se cobra

Tras la revalorización de las pensiones, un proceso que tiene lugar a principios año para actualizar las cuantías a la nueva coyuntura económica, el importe del complemento se vio incrementado.

Concretamente, el importe que se percibe pasó de ser de 27 euros en el año pasado a 30,4 euros por cada hijo este 2023, con el límite de cuatro veces dicho importe.

El importe se sitúa en los 30,40 euros. Foto: Freepik.
El importe se sitúa en los 30,40 euros. Foto: Freepik.

Así, las personas que tengan un solo hijo cobrarán 30,3 euros mensuales y 424,20 euros anuales, frente a los 60,9 euros mensuales y 848,40 euros anuales que percibirán las personas con dos hijos.

A pesar de que los contribuyentes que tengan tres hijos pueden percibir 90,90 euros mensuales y 1.272,60 euros anuales, los que tengan más de cuatro hijos podrán cobrar 121,20 euros mensuales y 1.696,80 euros anuales por el complemento.

Requisitos

Quienes estén interesados en percibir el importe del complemento deben tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil, así como estar adscritos a cualquier régimen de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o de viudedad.

Para cobrar el complemento se debe tener, como mínimo, un hijo inscrito en el Registro Civil

Para formalizar la solicitud del complemento, existen distintas formas. Una de ellas, es realizar la petición junto al trámite de solicitud de la pensión al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o bien, en el caso de trabajadores del mar, al Instituto Social de la Marina.

También existe la posibilidad de tramitar de forma presencial la solicitud del complemento en las oficinas de la Seguridad Social, solicitando previamente cita previa.

Asimismo, se puede efectuar el trámite de forma telemática a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social, o bien, mediante el portal ‘Tu Seguridad Social, siempre y cuando se disponga de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp