Aviso a autónomos: cómo cambiar tu base de cotización con el nuevo sistema

Te explicamos cómo cambiará la base de cotización de los autónomos con el nuevo sistema que ha entrado en vigor este año

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Este año viene repleto de cambios para los autónomos. Entre ellos, ha entrado en vigor el nuevo sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que elimina la posibilidad de elegir libremente la base de cotización sin tener en cuenta los rendimientos netos del autónomo, y lo sustituye por un sistema de determinación de la base y la cuota de cotización en función de 15 tramos de rendimientos netos.

Este nuevo sistema corregirá el hecho de que un gran número de autónomos venían cotizando por la base mínima, y el hecho que, en un gran número de casos, esa base mínima elegida venía siendo inferior que sus rendimientos netos reales, lo que daría lugar en el futuro a pensiones de jubilación más modestas en relación a sus ingresos laborales previos a jubilación, tal y como informa BBVA en su bloc.

Con este nuevo sistema, durante los dos primeros meses de cada año, o en el momento de darse como alta como autónomo, cada persona comunicará su previsión de rendimientos netos, que podrá ir modificando cada dos meses. A inicios del ejercicio siguiente, y en función de los rendimientos netos anuales de cada autónomo que le facilite la Agencia Tributaria, la Seguridad Social procederá a regularizar las cuotas, si esos rendimientos fueran superiores o inferiores a los tramos que cada persona haya elegido para cotizar.

Tramos de rendimientos netos y bases de cotización con el nuevo sistema

En el nuevo sistema de cotización, que entró en vigor el 1 de enero y se desplegará gradualmente hasta 2025, se aplican unas tablas de cotización transitorias con 15 tramos de rendimientos netos mensualesque contienen las bases mínimas y máximas que se aplicarán en 2023, 2024 y 2025 en cada tramo. 

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Dinero y calculadora.

Este sistema de cotización de autónomos incorpora 15 tramos que determinan las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, «como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años», tal y como apunta la Seguridad Social.

Este 2023, la cuota mínima de cotización será de 230 euros al mes para quienes tengan rendimientos netos inferiores a 670 euros mensuales y esta se incrementará progresivamente hasta los 500 euros mensuales para los trabajadores por cuenta propia con rendimientos netos mensuales superiores a los 6.000 euros.

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