Competencia frenó el decreto de la Generalitat de Cataluña para regular las apps de reservas de taxis, así como otros métodos para utilizar estos transportes públicos, como los canales telefónicos o emisoras de radiofrecuencia.
El gobierno catalán, en su decreto, precisaba que las empresas que pretendían ofrecer servicios de reserva, por medio de aplicaciones u otros soportes informáticos, tenían que constituirse como persona jurídica y contar con un local físico abierto al público, o a lo sumo tener un sistema telemático de atención al cliente.
También exigía que la aplicación on line debe tener un número mínimo de licencias vinculadas, y contar con un seguro de responsabilidad civil. En el caso de alguna aplicación creada por taxistas deberá presentarse como una sociedad, sea mercantil, laboral o cooperativa.
La administración de Carles Puigdemont había elaborado esta normativa al comprobar que los usuarios realizaban cada vez más reservas por teléfono o usando aplicaciones como Hailo, MyTaxi, JoinUp Taxi o Taxi Click.
Pero para la CNMC todas estas regulaciones atenta contra los principios de la competencia. Más exactamente, considera que no se ajustan a los principios de necesidad y proporcionalidad, ni con el de simplificación de las cargas para los operadores.
La Audiencia Nacional aceptó el recurso presentado por Competencia, y ahora decidirá si da la razón al organismo regulador o al gobierno catalán.